San Luis Potosí, SLP. - El Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí (TEESLP) revocó por unanimidad el acuerdo CG/2025/JUN/096 emitido por el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC), mediante el cual se asignaban los cargos de jueces laborales del Poder Judicial del Estado, al resolver que una de las candidatas ganadoras no cumplía con el requisito del promedio general.
La resolución se dio en los expedientes TESLP/JNE/03/2025 y su acumulado TESLP/JNE/08/2025, promovidos por Luisa Lizette Rojas Méndez, quien impugnó la designación de María Luisa González Zavala como jueza laboral, señalando que no acreditaba el promedio mínimo de ocho en la Licenciatura en Derecho.
El Tribunal Electoral indicó que la quejosa presentó una certificación expedida por la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP), el cual acredita que González Zavala no cumple con el requisito constitucional, por lo que resulta inelegible.
Cabe destacar que el Tribunal resolvió revocar la asignación realizada por el CEEPAC y ordenó que se realice el ajuste correspondiente en la lista de prelación, considerando a las candidatas que ocuparon el segundo y tercer lugar en votación, de conformidad con los criterios de paridad de género y suplencia establecidos en la legislación electoral y de justicia electoral; dio un plazo máximo de tres días hábiles, contados a partir de la notificación de la resolución, para reasignar el cargo vacante.