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Validan triunfos de magistrados con bajo promedio

TEESLP asignó magistraturas a Arturo Morales Silva, Juan David Ramos, Ángel Gonzalo Santiago, José Luis Ruiz Contreras y Mónica Kemp

San Luis Potosí, SLP.- En sesión del Pleno del Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí, se aprobó por mayoría de votos confirmar la validez del acuerdo emitido por el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC), mediante el cual se asignaron las magistraturas del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Arturo Morales Silva, Juan David Ramos Ruiz, Ángel Gonzalo Santiago Hernández, José Luis Ruiz Contreras y Mónica Kemp Zamudio.
 
El Tribunal Electoral resolvió el juicio de nulidad electoral TESLP/JNE/09/2025 y sus acumulados, promovidos por el magistrado Juan Paulo Almazán Cue y otras personas participantes en el proceso, que argumentaron que estos cinco perfiles no cumplían con el promedio mínimo de ocho puntos en la Licenciatura de Derecho; y además Ruiz Contreras era inelegible debido a que había sido titular en la Fiscalía General del Estado, un año antes de la convocatoria emitida para la elección de personas juzgadoras.
 
Al respecto, la magistrada Dennise Adriana Porras Guerrero, reconoció que el CEEPAC tenía la atribución de verificar la elegibilidad antes de validar los resultados, sin embargo, consideró que al no haberse impugnado previamente el acuerdo, y al haberse generado una presunción de validez, no correspondía revisar nuevamente los expedientes en esta etapa del proceso.
 
Porras Guerrero, quién es ponente de este asunto, indicó que estás candidaturas fueron incorporadas automáticamente conforme al artículo 92 de la Constitución Local y al cuarto transitorio del Decreto 029 de Reforma Judicial, los cuales señalan que quienes ya ocupaban cargos dentro del Poder Judicial no estaban obligados a acreditar nuevamente los requisitos académicos al momento de su postulación, ya que su experiencia previa se consideró suficiente para validar su idoneidad.
 
Los promedios generales de las personas electas, proporcionados por la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP), a petición del Tribunal Electoral, señalan que solamente un perfil de los cinco señalados cumple con el requisito de ochos puntos de promedio en la Licenciatura de Derecho, mientras que los restantes están por debajo de los ocho puntos.
 
Ante esto, el magistrado Sergio Iván García Badillo votó en contra al considerar que los datos académicos eran prueba suficiente de la inelegibilidad y que debían declararse nulos los nombramientos; por su parte las magistradas Porras Guerrero y María Carolina López Rodríguez votaron a favor de confirmar el acuerdo, la primera de ellas argumentó que el pase automático previsto en la reforma judicial garantiza no solo la participación, sino también el acceso al cargo en caso de resultar electos, sin necesidad de revisión adicional de requisitos.
 
Finalmente, en el caso específico de Ruiz Contreras, el Tribunal Electoral desestimó el argumento de conflicto de interés por haber sido fiscal, al considerar que la imparcialidad puede garantizarse mediante figuras como la excusa o la recusación en asuntos concretos, y que una inhabilitación general resultaría desproporcionada.
 
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