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Reforma busca mejorar protección a adultos mayores

Plano Informativo | 17/06/2025 | 16:10

San Luis Potosí, SLP.- En Sesión Ordinaria, el Congreso del Estado aprobó reformas a la Ley de las Personas Adultas Mayores en el Estado de San Luis Potosí, a fin de mejorar las políticas públicas para su atención.
 
Se aprobó por unanimidad, la reforma a la  fracción XIX BIS al artículo 5°; se adiciona el inciso b) a la fracción V del artículo 6°; y el inciso g) a la fracción I del artículo 23, a la Ley de las Personas Adultas Mayores para el Estado de San Luis Potosí, para incluir el concepto de integración social, entendido como el resultado de las acciones que realizan las dependencias y entidades de la administración pública, estatal y municipal, las familias y la sociedad civil organizada, orientadas a modificar y superar las condiciones que impidan a las personas adultas mayores su desarrollo integral.
 
Se establece que el DIF estatal y los DIF municipales, previa la celebración de los convenios respectivos con el INAPAM, deberán establecer acciones para fomentar en la familia, el Estado y la sociedad, una cultura de aprecio a la vejez para lograr un trato digno, favorecer su revalorización y su plena integración social, así como procurar una mayor sensibilidad, conciencia social, respeto, solidaridad y convivencia entre las generaciones con el fin de evitar toda forma de discriminación y olvido por motivo de su edad, género, estado físico o condición social.
 
Se indica que establecer acciones en materia de integración social es importante para el bienestar físico y emocional de los adultos mayores, el que se les provea de un ambiente que favorezca su autoestima, donde se promueva su independencia y autonomía (hasta donde sea posible) y se fomenten las relaciones sociales con otras personas con las que puedan compartir intereses, recuerdos, diversión y, principalmente, donde se valore la experiencia y sabiduría que han adquirido a través de su vida.
 
También por unanimidad, se aprobó la reforma al artículo 24 de la Ley de las Personas Adultas Mayores en el Estado de San Luis Potosí,  para establecer, dentro de la ley, el derecho de los adultos mayores en conocer y aprender sobre el uso de las tecnologías de información, con lo que se busca mejorar su calidad de vida, facilitando el acceso a diferentes sectores como la salud, la educación y la seguridad.
 
Otros dictámenes
Por unanimidad, se aprobó el Decreto que adiciona disposiciones de ¿ la Ley del Registro Civil del Estado de San Luis Potosí; y del Código Civil para el Estado de San Luis Potosí, a fin de garantizar que en el caso de que alguno de los progenitores manifieste o se auto determine como integrante de algún pueblo o comunidad indígena o afromexicana, el oficial del Registro Civil está obligado a registrar en el acta de nacimiento el nombre solicitado, con estricto apego a las formas orales, funcionales y simbólicas de comunicación pertenecientes a las lenguas indígenas.
 
Se indica que para los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, resulta imperante que manifiesten según sus propias costumbres y tradiciones, su lengua y cultura en el momento del registro del nombre, y así garantizar de manera integral el derecho a la  identidad a su vez engloba la esfera jurídica de la persona, al acceder junto con estos derechos humanos otros derechos esenciales como lo son la salud, educación, entre otros.
Se aprobó por mayoría, el Decreto que adiciona el artículo 38 BIS a la Ley de Ganadería del Estado de San Luis Potosí; y el artículo 79 BIS a la Ley Agrícola para el Estado de San Luis Potosí, a fin de establecer que el Poder Ejecutivo, a través de la SEDARH, realice campañas de difusión e información sobre los programas que otorguen apoyos a la ganadería y agricultura, tanto de carácter estatal, municipal y federal, al igual que aquellos ofrecidos por organismos internacionales.
 
Se indica que con ello, se podrá contar con información relevante y oportuna en materia de apoyos para los productores agropecuarios, para su difusión, y ampliar sus posibilidades de acceder a los beneficios productivos.
 
También se aprobaron reformas a la Ley de Salud del Estado de San Luis Potosí, a fin de que el Estado formule recomendaciones presupuestales para atención del cáncer en sus diferentes tipos.
 
Se aprobó por unanimidad, el Decreto que adiciona la fracción V al artículo 10 de la Ley de Atención a Migrantes del Estado, para reconocer el derecho de salvaguardar el principio del interés superior de la niñez, con relación a las niñas, niños y adolescentes migrantes; resultando en gran beneficio para todas y todos aquellos menores que transitan por el territorio potosino, en virtud de ser un grupo que requiere de atención prioritaria, y a quienes se debe garantizar sus derechos fundamentales.
 
Finalmente, por mayoría, se aprobó la reforma el artículo 25; y adición al artículo 37 un párrafo último con su tabla al Decreto 0126 de la Ley de Ingresos del Municipio de Venado, S.L.P, para el ejercicio fiscal 2025, para modificar disposiciones relativas al refrendo de la licencia de funcionamiento y uso de suelo; y lo relativo a establecer por categorías los rubros de los permisos por ventas de bebidas alcohólicas de baja graduación.