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Avala Corte transferencia de puertos a la Marina

Agencia Reforma | 26/05/2025 | 16:50

La Suprema Corte de Justicia avaló hoy la transferencia del control de los puertos a la Secretaría de Marina (Semar), ordenada por el expresidente Andrés Manuel López Obrador y concretada por el Congreso mediante una reforma a tres leyes en diciembre de 2020.
 
 Por ocho votos contra dos, el Pleno de la Corte declaró infundada una acción de inconstitucionalidad de senadores de Oposición, que cuestionaron el traspaso a los militares de funciones que, durante décadas, ejerció la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT).
 
 La mayoría recordó que en septiembre pasado, fue reformado el artículo 129 de la Constitución, que ahora permite la participación de la Semar y la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) en actividades no estrictamente relacionadas con la disciplina militar, candado que existía desde 1917, además de su actuación permanente en tareas de seguridad pública.
 
 También sostuvo que el Congreso actuó en ejercicio de su facultad para configurar la operación de la Administración Pública Federal.
 
 "Los límites previstos por el artículo 129 Constitucional han sido modificados drásticamente, y la Secretaría de Marina puede válidamente involucrarse en otro tipo de actividades distintas a la disciplina militar", explicó el Ministro Juan Luis González Alcántara, matizando que lo debe hacer ceñida a las mismas reglas que las demás autoridades administrativas.
 
González Alcántara agregó que la Semar no solo realiza funciones militares, que están reservadas para la Armada de México, y que todo el personal civil de la SICT que laboraba en puertos y temas de marina mercante fue transferido a la Marina.
 
 El Ministro explicó que la Semar se tiene que ajustar a leyes ambientales y sobre adquisiciones públicas al ejercer sus facultades para evitar contaminación provocada por embarcaciones, así como asignar concesiones, contratos o permisos para obras y servicios portuarios.
 
 En la minoría con Javier Láynez, la Presidenta Norma Piña afirmó que los militares solo pueden desempeñar las funciones que la Constitución expresamente les otorgue, como sucede desde septiembre con la seguridad pública.
 
 "Cualquier otra función no reconocida en la Constitución, no es disponible para el legislador ordinario, ni siquiera por libre configuración de la administración pública", sostuvo.
 
 La transferencia de 18 administraciones portuarias y la facultad de regulación sobre la marina mercante fueron el inicio de un proceso que ha dejado en manos de la Semar el control de varios aeropuertos, incluido el de la Ciudad de México, las aduanas en puertos, y una empresa turística en las Islas Marías, así como de obras para el Tren Transístmico y el otorgamiento de concesiones de los Polos de Desarrollo para el Bienestar.
 
 
Facultades transferidas a la Semar en 2020
Ejercer la Autoridad Marítima Nacional en las zonas marinas mexicanas, costas, puertos, recintos portuarios y terminales
 
 Regular, promover y organizar a la marina mercante
 
 Construir, reconstruir y conservar las obras marítimas, portuarias y de dragado que requiera el país
 
 Adjudicar y otorgar contratos, concesiones y permisos para el establecimiento y explotación de servicios relacionados con las comunicaciones y transportes por agua con embarcaciones o artefactos navales
 
 Administrar los puertos centralizados y coordinar los de la administración paraestatal, y otorgar concesiones y permisos para la ocupación de las zonas federales dentro de los recintos portuarios