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Infantes menores de 12 años deberán viajar en vehículos en asientos de seguridad

Plano Informativo | 22/05/2025 | 17:06

San Luis Potosí, SLP.- Integrantes de la Comisión de Movilidad, Comunicaciones y Transportes aprobaron el Punto de Acuerdo para a los 59 municipios del estado a que incorporen en sus reglamentos de tránsito, la obligación de que cualquier persona menor de doce años o que, por su constitución física lo requiera, viaje en los asientos traseros con un sistema de retención infantil o en un asiento de seguridad.
 
Esto con base en las atribuciones de los municipios y conforme a lo establecido en el artículo 49 fracción VI, de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, y que dicho asiento de seguridad cumpla con los requisitos establecidos en la Norma Oficial Mexicana NOM-194-SE-2021, Dispositivos de seguridad para vehículos ligeros nuevos - Requisitos y especificaciones, y refuercen su aplicación mediante campañas de concientización y supervisión adecuadas.
 
La diputada Jacquelinn Jauregui, presidenta de esta comisión legislativa, y promovente de esta iniciativa, señala que los accidentes de tránsito representan una de las principales causas de muerte y lesiones en niñas y niños en México. Este riesgo es particularmente alto cuando los menores viajan como ocupantes de vehículos motorizados sin el uso adecuado de sistemas de retención infantil.
 
“Efectivamente se les está haciendo este llamado a los Ayuntamientos, porque si se fijan en lo que son la mayoría de los accidentes con niños, muchos salen afectados porque van en los asientos delanteros y lo que buscamos es que realmente se atienda esta situación, porque hemos visto que muchos niños en accidentes han perdido hasta la vida o quedan con secuelas graves”.
 
En la exposición de motivos de este exhorto, se indica que de acuerdo con diversos estudios internacionales, se ha demostrado que el uso correcto de un sistema de retención infantil, conforme a la edad, peso y talla del menor, puede reducir la probabilidad de muerte en un accidente de tránsito entre un 50% y un 75%.
 
Sin embargo, el cinturón de seguridad de los vehículos está diseñado para adultos, por lo que su uso inadecuado en menores puede provocar deslizamientos bajo el cinturón, lesiones graves y una hiperflexión de la columna lumbar, entre otros daños.
 
En este sentido, el artículo 49 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial establece que cualquier persona menor de doce años o que, por su constitución física lo requiera, debe viajar en los asientos traseros con un sistema de retención infantil o un asiento de seguridad que cumpla con los requisitos establecidos en la Norma Oficial Mexicana aplicable.
 
Dado que los municipios tienen la facultad de regular el tránsito vehicular en sus respectivas demarcaciones, es fundamental que armonicen sus reglamentos con la normativa federal y establezcan de manera expresa la obligación de utilizar sistemas de retención infantil en menores de doce años.
El dictamen respectivo se turnará al Pleno para su votación.