Jueves 22 de Mayo de 2025 | Aguascalientes.
columnas

Las calles de la discordia (primera parte)

Jorge Chessal Palau | 21/05/2025 | 23:50

A QUIENES CIRCULAMOS POR LA capital potosina ya no nos sorprende que el reloj se detenga al llegar a la glorieta donde la avenida Salvador Nava Martínez desemboca en el periférico Antonio Rocha Cordero, rumbo a Guadalajara. Lo que debería ser un nudo que deshace el tránsito se ha convertido en un embudo que lo aprisiona.
 
FILAS DE VEHÍCULOS INMÓVILES, motociclistas serpenteando entre autos, peatones negociando su supervivencia a media avenida y un concierto de cláxones que confirma el desastre cotidiano en la ciudad del Sí, donde dicen que para todo hay apoyo.
 
EL ESCÁNDALO, SIN EMBARGO, ES apenas el síntoma visible de un conflicto silencioso: la indefinición jurídica sobre quién manda en cada tramo de ese cruce.
 
EL PROBLEMA, CONTADO EN términos simples, es un divorcio administrativo. El periférico forma parte de la red estatal de carreteras (su nombre técnico es “Circuito Potosí” y aparece en los rutómetros oficiales como Carretera Estatal 32); la autoridad responsable es la Junta Estatal de Caminos, que depende directamente del gobierno del estado.
 
SALVADOR NAVA, EN CAMBIO, ES una avenida urbana primaria cuya administración corresponde al Ayuntamiento capitalino. Esa doble adscripción genera una situación paradójica: la rotonda comparte pavimento y señalética, pero cada par de carriles tiene “progenitores” distintos que trazan, pintan y reparan por separado. En la práctica, una mitad no sabe qué hará la otra mañana.
 
¿IMPORTA REALMENTE DE QUIÉN sea la calle? Mucho. El artículo 115 constitucional otorga a los municipios el control del tránsito interno, salvo en vías federales o estatales.
 
A SU VEZ, LA CONSTITUCIÓN LOCAL y la Ley de Tránsito del Estado reconocen que una carretera estatal puede atravesar la mancha urbana, siempre bajo tutela de la Junta.
 
DE AHÍ BROTA LA CONFUSIÓN: jurídicamente el municipio no puede modificar la geometría del periférico sin autorización del Estado; pero sí es responsable del flujo que llega desde Salvador Nava y de la seguridad de los peatones que necesitan cruzarla. El resultado es una autoridad partida: todos mandan y nadie responde.
 
LA RUTA PARA SALIR DE ESTE laberinto no exige inventar leyes nuevas; basta con usar las que ya existen. La Ley Orgánica del Municipio Libre faculta a los ayuntamientos a firmar convenios de coordinación con el Estado para gestionar tránsito y movilidad.
 
ESO SIGNIFICA QUE EL Ayuntamiento puede solicitar formalmente al Ejecutivo un convenio específico que le delegue la operación vial del tramo conflictivo, incluso si el título de propiedad del asfalto sigue siendo estatal.
 
EL ESTADO, POR SU PARTE, conservaría la facultad de aprobar cualquier obra mayor, como un puente elevado, por ejemplo, pero admitiría que la policía vial, los ingenieros y el centro de control de semáforos municipal tuvieran mano directa en la glorieta.
 
DADO QUE NO CREO QUE EN UNA semana queden resueltas las cosas, la próxima entrega seguirá con este mismo tema.