Ocho municipios de Oposición y tres organizaciones civiles promovieron los primeros recursos contra la nueva Ley General de Transparencia (LGT), aprobada por Morena y sus aliados.
Se trata de la ley reglamentaria de la reforma Constitucional por la cual desaparecieron el Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI) y los órganos locales de transparencia, para ser reemplazados por el propio Gobierno.
Ante la Suprema Corte de Justicia, los municipios de Hermosillo, Morelia, Atizapán, Chihuahua, San Luis Potosí, San Nicolás de los Garza y San Juan de los Lagos, además de la alcaldía Miguel Hidalgo, promovieron el 6 de mayo controversias constitucionales contra la LGT.
Por su parte, las asociaciones civiles Artículo 19, Red en Defensa de los Derechos Digitales y México Unido contra la Delincuencia, presentaron en los últimos días demandas de amparo, que ya fueron admitidas a trámite por jueces federales en materia administrativa.
En la reforma Constitucional, Morena eliminó al órgano garante autónomo, que era el INAI, y dejó la regulación del tema a la LGT.
Esta última creó Transparencia para el Pueblo, una oficina adscrita a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG), cuya titular puede ser nombrada y removida libremente por la Presidenta Claudia Sheinbaum, mientras que en los estados se asignó la función a las Contralorías.
En la Corte, las controversias van para largo, pues desde el pasado 16 de abril, los asuntos no clasificados como urgentes ya no se están turnando a Ministros instructores.
En el caso de las controversias, sólo son urgentes las que incluyen una solicitud de suspensión, lo que no ocurre con estas demandas.
Por tanto, la Presidenta Norma Piña acordó reservar el turno de las demandas hasta septiembre, cuando iniciará funciones la Corte que será electa el 1 de junio.
"La LGT viola la Constitución y los derechos humanos reconocidos en tratados internacionales de los cuales es parte el Estado Mexicano", afirman los municipios inconformes que piden la invalidez de todo el decreto.
Una eventual sentencia favorable solo tendría efectos para dichos municipios, y por tanto, solo requerirá el voto de cinco de los nueve Ministros que integrarán la Corte.
Los amparos, que tampoco incluyen solicitudes de suspensión, son más específicos y reclaman ciertos artículos de la ley.
México Unido impugnó el esquema de autoridades garantes subordinadas a los poderes Ejecutivos, así como causales para reservar información.
Artículo 19 cuestiona que se clasifique como confidencial si existen quejas o denuncias contra funcionarios, el traspaso de la Plataforma Nacional de Transparencia y otras bases de datos del INAI a la SABG, y el congelamiento durante seis meses de todos los juicios en esta materia.
Las resoluciones que dicten los jueces serán revisadas por la nueva Corte, pero debido a las reformas de Morena para limitar los efectos en sentencias de amparo, cualquier fallo favorable a estas organizaciones solo podría beneficiarlas a ellas.