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INE: Congreso deberá comprobar mala reputación de candidatos

Agencia Reforma | 08/05/2025 | 09:22

La Cámara de Diputados y el Senado deberán entregar al INE pruebas suficientes para demostrar que 18 candidatos no cuentan con buena reputación.
 
 En el acuerdo que aprobará el Consejo General este jueves sobre la solicitud de los presidentes del Congreso de anular 26 candidaturas, se confirma su improcedencia.
 
 En el documento se formaliza que será después de la elección del 1 de junio, y antes de la entrega de constancias de mayoría, que sucederá el 15 de junio, que el Instituto analizará la elegibilidad de los candidatos cuestionados, solo si estos ganan.
 
 De los 26 candidatos, a 18 se les acusa de no contar con "buena reputación", por lo que el INE advierte que, para efectos de la elegibilidad, mientras no se demuestre lo contrario, se presume su cumplimiento.
 
 "Por tanto, para desvirtuarla, es al accionante (al Congreso) al que corresponde la carga procesal de acreditar que el candidato cuyo registro impugnó, no goza de 'buena reputación' ya que quien goza de una presunción a su favor no tiene que probar", indicó.
 
 "En tanto que, quien se pronuncia contra la misma debe acreditar su dicho, con datos objetivos que denoten que el candidato cuestionado carece de las cualidades antes mencionadas".
 
 En el proyecto de acuerdo se advierte que la Constitución establece como otro requisito de elegibilidad el no haber sido condenado por un delito, y esto sólo puede acreditarse con una sentencia firme.
 
 El Consejo General solicitará al Senado que envíe los expedientes completos que los candidatos entregaron a los Comités de Evaluación, para el análisis después de la elección.
 
 "Es necesario solicitar al Senado de la República tenga a bien remitir los expedientes de las candidaturas del PEEPJF 2024-2025, que se encuentran en su resguardo", detalla.
 
 "La información contenida en los expedientes es información oficial que recabaron los Comités de Evaluación de los Poderes de la Unión, misma que cuenta con el valor probatorio necesario, ya que dichos datos y documentos fueron obtenidos con motivo de la postulación".
 
 Incluso, aclara que si el Senado no los tiene, deberá solicitarlos al Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
 
 A los otros ocho candidatos se les acusa de no tener un promedio académico mínimo de ocho.
 
 En este caso, el INE asegura en su acuerdo que ese análisis quedará fuera de su revisión, pues debió valorarse en la etapa de asignación de candidaturas.
 
 Por ello, invita al Senado a que presente las denuncias correspondientes si tienen pruebas de que mintieron en su inscripción al proceso.
 
 "La verificación del cumplimiento de dichos requisitos correspondió a los Comités de Evaluación de los Poderes de la Unión y al Senado de la República. Estas instancias fueron las encargadas de revisar la documentación presentada y de constatar que se atendieran las condiciones previstas en las respectivas Convocatorias.
 
 "Será competencia del Senado de la República, en el ejercicio de sus atribuciones, presentar las denuncias que estime procedentes en caso de detectarse la presentación de documentación apócrifa o la falsedad en la información proporcionada durante la etapa de registro", indica el acuerdo que será discutido en la sesión del Consejo General.