Jueces federales están obligados a suspender las órdenes de Ayuntamientos para bajar el cableado aéreo de las empresas de telecomunicaciones, radiodifusión o de transmisión de electricidad, debido a una jurisprudencia del Pleno Regional Especializado en Competencia Económica y Telecomunicaciones.
El pasado 28 de febrero, este órgano, el cual está integrado por los titulares de Tribunales Colegiados de Circuito en Materia Administrativa, estableció que los juzgadores deben conceder las suspensiones para que las empresas no queden obligadas a retirar sus cables mientras se tramitan los amparos respectivos.
Es decir, la jurisprudencia no declara que los gobiernos locales están impedidos para dictar este tipo de órdenes, sino que únicamente se refiere al otorgamiento de suspensiones, las cuales protegen a las empresas durante el tiempo que toma litigar los amparos en los que impugnan los reglamentos.
La orden aplica para los reglamentos municipales de todo el País en donde se establece el retiro progresivo del cableado aéreo por uno subterráneo.
Este Pleno, creado en 2023 a través de un acuerdo general, resolvió una contradicción entre tribunales colegiados de circuito que revisaron amparos contra reglamentos de los municipios de Guadalupe, Nuevo León, y Orizaba, Veracruz.
"Si bien los reglamentos persiguen fines de orden público y de interés social, es un hecho notorio que la erradicación del cableado aéreo por el subterráneo implica para las personas propietarias de infraestructura de radiodifusión y/o telecomunicaciones, cumplir con una obligación que antes no tenían y que conlleva una erogación importante, de manera que les asiste una apariencia del buen derecho", afirmó.
La aprobación la realizaron los magistrados Carlos Alberto Zerpa y Silvia Cerón, y en contra estuvo su homólogo Francisco García Sandoval.
"Permitir que convivan los tendidos aéreos y los subterráneos no causa un perjuicio a la sociedad en mayor medida del que podría ocasionarse a las peticionarias de amparo, porque sólo se difiere en el tiempo la obligación de erradicar el cableado aéreo".
El órgano reconoció que eliminar este tipo de cables es una medida que persigue fines válidos, pero no se pronunció sobre el tema de fondo de la disputa en la que empresas del sector acusan desde hace años a los municipios de invadir atribuciones federales al pretender regular el cableado para telecomunicaciones o electricidad.
Sin embargo, la decisión podría ser revocada si así lo deciden los nuevos Magistrados al Pleno, tras las elecciones judiciales de junio próximo.
En noviembre de 2024, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucionales disposiciones emitidas en 2018 por la CRE, extinta desde marzo pasado, para que empresas de telecomunicaciones aprovechen la infraestructura del Sistema Eléctrico Nacional (SEN), con un pago de 6 mil 544 pesos por kilo de cable 'colgado' a los postes de CFE.