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Defiende Otálora atribuciones exclusivas del INE

Agencia Reforma | 09/04/2025 | 10:20

En contraparte, la magistrada Janine Otálora, a quien le correspondió resolver cinco impugnaciones sobre los mismos criterios de imparcialidad, propone mantenerse la restricción establecida por el INE sobre la promoción del voto en la elección judicial.
 
 Esto, argumenta, porque la Constitución es clara al establecer que el INE tiene la atribución "exclusiva" de promover la participación ciudadana en un proceso electoral.
 
 "Acorde al régimen constitucional y legal que sustenta su existencia, naturaleza y facultades, corresponde al INE la atribución exclusiva de realizar actividades tendentes a la promoción del voto y de la participación ciudadana", indica.
 
 Además, aclara, el propio Congreso aprobó esa restricción, al establecer en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales que está "prohibido el uso de recursos públicos para fines de promoción y propaganda relacionados con los procesos de elección de personas integrantes del Poder Judicial.
 
 "La disposición que cuestionan las personas inconformes fue válida y legalmente emitida por el INE, al recoger prohibiciones que estableció el propio constituyente permanente y el legislador ordinario".
 
 "Con lo que se busca garantizar que recursos públicos sean utilizados en fines diversos para los cuales se encuentran destinados, lo que garantiza que con ello se cumpla con su uso eficaz, eficiente e imparcial", establece su proyecto.
 
 El Tribunal Electoral recibió 42 impugnaciones contra los criterios de imparcialidad emitidos por el INE el 29 de marzo, de esos recursos, 37 los resolvió el magistrado Felipe de la Mata, y cinco Otálora.
 
 Estas últimas son de dos diputados, un candidato a juzgador y los Gobernadores de Oaxaca y Quintana Roo.
 
 Debido a que las quejas eran prácticamente las mismas, se pidió que los consejeros que votaron a favor del acuerdo fueron sancionados, pero la magistrada asegura que el INE tiene la atribución de emitir dichos lineamientos.
 
 Insiste en que el Instituto está intentando que la elección se dé en condiciones de imparcialidad y equidad.
 
 "El INE está facultado para emitir los acuerdos que estime necesarios para la organización, desarrollo, cómputo, vigilancia y fiscalización del proceso electoral extraordinario del año 2025.
 
 "Y para garantizar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales aplicables para los procesos electorales federales, observando los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, objetividad y paridad de género", apunta.
 
 Sin embargo, de acuerdo con funcionarios del Tribunal Electoral, Otálora no tiene los tres votos necesarios para que su proyecto sea aprobado, por lo que prevén será el de su compañero Felipe de la Mata, que da vía libre a gobiernos y funcionarios a la promoción, el que prevalezca.