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Advierte UIF 'favoritismo' de la Corte para Salinas Pliego

Agencia Reforma | 14/03/2025 | 09:23

La Unidad de Inteligencia Financiera afirmó que sería un funesto precedente y un acto de favoritismo que la Corte le concediera a Ricardo Salinas Pliego un amparo contra la investigación que inició de todos sus movimientos bancarios, crediticios y bursátiles de 2012 a 2021.
 
 Un día después de que Lenia Batres fuera declarada impedida para votar este asunto, la UIF afirmó en un comunicado que el juez federal que en primera instancia le otorgó el amparo al empresario pretende "golpear" la capacidad del País para combatir el lavado de dinero.
 
 La UIF asegura que pidió a la Corte atraer y resolver en definitiva este amparo porque la sentencia de dicho juzgador ha convertido al dueño de Grupo Salinas en el único mexicano que está exento de la aplicación de las leyes que permiten pedir y revisar la información de sus cuentas bancarias.
 
 "Sería un funesto precedente y un acto de claro favoritismo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación convalidara el amparo concedido por el Juez Décimo Sexto de Distrito, Gabriel Regis López, quien evidentemente pretende una vez más golpear la capacidad de nuestro país para prevenir, evitar y combatir las operaciones con recursos de procedencia ilícita. El amparo impugnado por la UIF es, ahora, más grave que otras inocuas resoluciones judiciales debido a que deja sin efectos cuatro disposiciones de ley para una sola persona", dijo el organismo que dirige Pablo Gómez.
 
 "El juez conoce que la UIF recibe reportes procedentes del sistema financiero y del extranjero por mandato de ley y que su objeto es justamente su análisis para los fines establecidos en la legislación. Sustraer a una sola persona de la aplicación de leyes, la ubica por encima de todo un país al otorgarle capacidad definitiva y permanente para eludir la aplicación de la legislación en materia de lavado de dinero y otros ilícitos relacionados, ya que su información financiera personal no podría usarse en procedimiento penal o civil alguno, dentro y fuera del país, para siempre".
 
 La UIF expuso que la solicitud de la información bancaria de Salinas Pliego responde a que es uno de los 72 mexicanos cuyo nombre fue publicado en los Pandora Papers y, en octubre de 2021, el Grupo de Acción Financiera (GAFI) pidió a los países miembros obtener y analizar los datos financieros de sus nacionales enlistados en esa publicación.
 
 Sin embargo, el 4 de julio de 2022 Regis López, Juez Décimo Sexto Administrativo en la Ciudad de México, otorgó el amparo al empresario contra la solicitud que hizo la UIF a distintos bancos para obtener los datos de sus actividades financieras.
 
 El amparo, dice el comunicado, impide que se aplique al dueño de TV Azteca la Ley de Instituciones de Crédito y Ley del Mercado de Valores, que facultan a la UIF para obtener datos de actividades financieras, "como parte de sus funciones tendientes a proteger al sistema financiero y la economía nacional".
 
 "Asimismo, el juez Regis determinó que la información que por ley deben entregar los sujetos obligados (instituciones financieras del país) a la UIF no podrá ser utilizada nunca en ningún caso ni bajo motivo alguno, ni aún para la presentación de denuncias por la posible comisión de delitos", indicó.
 
 La UIF asegura que, con este fallo, Salinas Pliego "ha sido convertido por disposición de un juez de distrito en el único mexicano cuya esfera jurídica ha sido desincorporada de cuatro artículos de las dos leyes mencionadas".
 
 El 9 de marzo de 2023, la UIF solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación la revisión del amparo concedido por el juez Regis y la Segunda Sala admitió atraer el caso.
 
 El organismo que preside Pablo Gómez asegura que pidió a la Corte asumir el caso porque se trata de un asunto de la mayor importancia nacional, ya que el conocimiento y análisis de las operaciones financieras inusuales y sospechosas son parte de un sistema mundial de combate al lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo, compromiso internacional que México ha incorporado a su legislación.
 
 Sobre este asunto, la ministra Batres tenía un proyecto en el que proponía sobresee o cancelar el trámite del amparo, argumentando que la pesquisa de la UIF no ocasionaba ningún perjuicio a los derechos de Salinas Pliego.
 
 En virtud de que fue declarada impedida para participar en la votación, la elaboración del proyecto de sentencia será returnado a otra ponencia y un ministro de la Primera Sala de la Corte será llamado para completar el quórum de la Segunda Sala a la hora de votarse la resolución.