Sábado 22 de Febrero de 2025 | Aguascalientes.
locales

Aprueban reformas para dar certeza a solicitudes de juicio político

Plano Informativo | 21/02/2025 | 15:25

San Luis Potosí, SLP.- Las y los diputados integrantes de la Comisión de Gobernación de la LXIV Legislatura, aprobaron por unanimidad reformas al Reglamento del Congreso del Estado y de la ley de Juicio Político del Estado, para brindar certeza jurídica al momento de atender solicitudes de juicio político, en específico lo relativo a las comisiones involucradas en su carácter de comisión de examen previo, e instructora.
 
La iniciativa fue presentada por la diputada María Dolores Robles Chairez, quien planteó que el pasado 21 de agosto de 2024, mediante decreto 1085 se expidieron: la Ley Orgánica del Poder Legislativo y el Reglamento del Congreso y en materia de Juicio Político dichos ordenamientos no se especifican de manera adecuada las atribuciones de las comisiones involucradas, y tampoco establece cuál de las comisiones de Justicia será quien atienda dichos procedimientos de juicio político; esto último tampoco se especifica en la Ley de Juicio Político Local.
 
El objeto del juicio político es el restablecimiento del orden constitucional al aplicar ciertas sanciones a servidoras o servidores públicos de alto rango que han actuado de manera contraria a la Constitución o a las leyes, en el ejercicio de sus funciones, dicho procedimiento resulta procedente cuando los actos u omisiones de los sujetos de éste, redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho.
 
En el caso específico de las normas modificadas, la Ley Orgánica del Poder Legislativo Local en su artículo 107, no es concordante con lo señalado en la Ley de Juicio Político del Estado en sus ordinales 4º y 20, que establecen la conformación de una comisión Instructora, en la que actúan en carácter de comisiones unidas, las de Gobernación; y Justicia, de dicha comisión instructora no se establece disposición relativa en la Ley Orgánica del Poder Legislativo Estatal.
 
En lo referente a la propuesta de reforma del Reglamento del Congreso del Estado, se hace una armonización en lo que se refiere a las atribuciones de la Comisión Primera de Justicia en relación a los procedimientos de juicio político. Por último en lo tocante a la reforma de la Ley de Juicio Político Local, se actualizan las atribuciones de la Comisión Primera de Justicia; además de actualizar correctamente la nomenclatura del Reglamento del Congreso del Estado, debido a que actualmente se refiere a este como Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado.
 
La reforma establece que una vez cumplidas las formalidades que al efecto establezca la ley de la materia, la denuncia o solicitud de determinación de responsabilidad, o de juicio político, el Pleno la turnará con la documentación correspondiente, a las comisiones de Gobernación y Primera de Justicia; previo estudio del expediente correspondiente, dichas comisiones habrán de redactar el dictamen.
 
Si la resolución determina el inicio del procedimiento, el Pleno, en sesión privada, deberá analizar y aprobar en su caso el dictamen respectivo. De no aprobarse, regresará el expediente a las comisiones de Gobernación y Primera de Justicia, con los argumentos en que funde la desaprobación, para que dichas comisiones reelaboren el dictamen en el sentido determinado por el Pleno. En caso de ser aprobado, determinará la formación de una comisión jurisdiccional, turnándose el expediente respectivo para los efectos a que haya lugar.
 
El Congreso substanciará el procedimiento de juicio político consignado en la Ley por conducto de la Comisión Jurisdiccional creada al efecto, la cual estará integrada en términos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y el Reglamento del Congreso del Estado de San Luis Potosí.
 
El dictamen será sometido a la consideración del Pleno para su análisis y votación correspondiente.