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Ayuntamientos deberán publicar padrón de prestadores de servicios a migrantes

Plano Informativo | 02/02/2025 | 15:39

San Luis Potosí, SLP.- Con el objeto de establecer como una obligación más de los ayuntamientos en materia de transparencia y acceso a la información pública, la de publicar en su portal web el padrón de prestadores de servicios relacionados con las personas migrantes, el Pleno del Congreso del Estado aprobó la adición del artículo 39 Bis a la Ley de Atención y Apoyo a Migrantes del Estado de San Luis Potosí.
 
La reforma, propuesta por el diputado Cuauhtli Fernando Badillo Moreno, busca que este padrón esté actualizado ante cada alta, baja o modificación que se realice, garantizando así la facilidad de consulta por parte de la población interesada, de acuerdo al principio de máxima publicidad.
 
El legislador señala que la Ley de Atención y Apoyo a Migrantes del Estado de San Luis Potosí ya contempla disposiciones relativas a los prestadores de servicios relacionados con las personas migrantes.
 
En su artículo 37 dispone que, con el objeto de prevenir conductas que puedan derivar en acciones que produzcan error o engaño a las personas, los ayuntamientos deberán instaurar un padrón de prestadores de servicios relacionados con los migrantes.
 
Así se indica que las personas físicas y morales que tengan como actividad preponderante la prestación de servicios relacionados con la orientación y apoyo en los trámites para obtener o renovar visas de cualquier tipo; de trámites ante consulados, y oficinas gubernamentales en el país o en el extranjero que tengan alguna relación con migrantes o sus familias; además de los requisitos de funcionamiento que se deriven de disposiciones municipales, estatales o federales, deberán inscribirse en el padrón de prestadores de servicios relacionados con los migrantes que llevará el municipio, en los que establezcan operaciones, debiendo exhibir copia certificada de identificación en el caso de personas físicas, o acta constitutiva en el caso de personas morales, y copia certificada de la cédula de su Registro Federal de Contribuyentes.
 
Se dispone también que el Ayuntamiento deberá extender de forma gratuita un certificado de inscripción en forma anual, teniendo el prestador de servicios la obligación de exhibir en un lugar visible dicho certificado.
 
Con esta modificación, se fortalecerá la atención de las personas migrantes, de manera segura y con actualización por parte de los municipios del estado.