El ISSSTE autorizó la práctica de abortos voluntarios en todas las clínicas y hospitales que opera en estados donde ya se despenalizó la interrupción del embarazo.
Martí Batres, director general del ISSSTE, publicó ayer lineamientos para la práctica de abortos en las mejores condiciones médicas, a partir de hoy, y siempre y cuando se realicen en las primeras 12 semanas de gestación.
El acuerdo menciona que "la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) está protegida por el marco legal en cada entidad federativa que ha reformado su legislación en la materia".
También detalla que la ILE se realizará a petición expresa de la usuaria, en ejercicio libre de su autonomía reproductiva.
Además, se permiten abortos a menores de edad, y prevé la intervención del Ministerio Público y las procuradurías de protección de Niñas, Niños y Adolescentes, en caso de ausencia de los padres o de oposición al procedimiento.
El acuerdo no limita el concepto de "usuaria" a las burócratas y sus familiares, que son las derechohabientes del ISSSTE, sino que la define como "quien acude a los servicios de atención para hacer ejercicio de su derecho a la salud".
Hasta ahora, el aborto voluntario está despenalizado en 18 estados y la Ciudad de México, por regla general sólo en las primeras 12 semanas.
Sin embargo, el Código Penal Federal (CPF) lo sigue tipificando como delito, pues el Congreso de la Unión no ha ejecutado un amparo concedido en septiembre de 2023 por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, que le ordenó derogarlo.
Los empleados del ISSSTE son servidores públicos federales, por lo que en teoría, las acciones que llevan a cabo en instalaciones del instituto están sujetas a las reglas del CPF, que sanciona hasta con tres años de cárcel y cinco años de inhabilitación a quien practique abortos voluntarios.
En la práctica, la FGR casi nunca persigue este delito.