San Luis Potosí, SLP.- El Pleno del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) rechazó los recursos de revocación presentados por los partidos políticos del Trabajo (PT), Verde Ecologista de México (PVEM) y Revolucionario Institucional (PRI) que buscaban que se retirara el registro como partido político local al Partido de la Revolución Democrática (PRD), por lo que el organismo electoral confirmó el registro.
Al respecto el consejero electoral, Juan Manuel Ramírez García, informó que los que estos partidos políticos argumentaban eran tres cosas, la legalidad de Jorge Alberto Zavala López como dirigente estatal, dado que la dirigencia estatal es colegiada, por lo que la solicitud debería contener la firmas de al menos otros dos integrantes; el CEEPAC validó ante el INE la información y se determinó que Zavala López si tiene la facultad.
También argumentaban que el registro no se ajustaba a lo estipulado en los requisitos que establece la Ley Electoral y algunos lineamientos del INE, respecto de aquellos partidos políticos nacionales que pierdan su registro y opten por registrarse como partidos políticos locales; que incluye el porcentajes de votación mínima del 3% en la elección de diputaciones o gubernatura, así como la postulación de al menos la mitad de las candidaturas del pasado proceso electoral.
Ramírez García mencionó que al analizar estos puntos se determinó confirmar la decisión del CEEPAC, ya que se tomaron en cuenta algunos precedentes jurisdiccionales, por ejemplo que los partidos nacionales que participaron en coaliciones a nivel local se les considerara todas las candidaturas que postularon como propias.
En cuando al porcentaje de votación, donde el CEEPAC tomó el de Ayuntamientos con lo cual el PRD alcanzó el 3% requerido, mencionó que de acuerdo al mismo análisis y antecedente jurisdiccional se determinó que también es válido tomar cualquier elección para la votación válida como requisito.
Finalmente apuntó qué los partidos políticos que presentaron estos recursos todavía podrían interponer un recurso de revisión ante el Tribunal Electoral del Estado para combatir está resolución del CEEPAC.