Con mayoría de votos, el Pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) avaló el marco geográfico electoral para las próximas elecciones judiciales que previamente aprobó el Consejo General del INE en noviembre pasado.
La Sala Superior consideró que el árbitro electoral es, constitucionalmente, la autoridad encargada de elaborar la cartografía en la materia para fines comiciales y negó que el acuerdo presentado por el Consejo sea incongruente o vulnere el derecho de las personas a votar, luego de recibir más de siete juicios ciudadanos que se oponían a la cartografía.
Sin embargo, el Tribunal aclaró que el INE puede realizar el mapa electoral en el momento que lo considere pertinente según la calendarización aprobada, y esto no incurre en ninguna falta ni se vulnera el derecho de los votantes o personas que serán votadas, pues el instituto busca simplificar la distribución de cargos en los circuitos judiciales para facilitar a la ciudadanía la emisión del voto y reducir la complejidad de los votos.
La Magistrada Janine Madeline Otálora Malassis se opuso a la resolución avalada por la mayoría tras considerar que la distribución presentada por el INE equipara indebidamente los distritos electorales de los órganos legislativos, con los distritos electorales judiciales, al impedir la elección directa.
"El acuerdo pasa por alto, en mi opinión, la residencia de las y los juzgadores en el Distrito donde puedan ser votados, cuando ello es un supuesto básico de las autoridades que se elijan en una porción territorial", declaró la Magistrada.
Explicó que los juzgadores no tienen representatividad en un distrito, sino que actúan de manera individual, razón por la que todos los que tienen alguna jurisdicción en el circuito judicial, tendrían que ser electas por las personas que habitan en ese territorio.
Aunque reconoció que el INE hizo la distribución de esta forma por temas de operatividad, esto afecta los derechos de los postulantes a ser votados y de la ciudadanía a emitir su sufragio.