El diputado Felipe Abel Rodríguez presentó una iniciativa para crear esa figura en la entidad, que permita los matromonios gay y la adopción.
El diputado Felipe Abel Rodríguez Leal presentó iniciativas para crear la Ley de Sociedades de Convivencia; reformar el Código de Procedimientos Civiles; y el Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí.
La iniciativa para crear la Ley de Sociedades de Convivencia para el Estado de San Luis Potosí, tiene el objetivo de establecer las bases y regular las relaciones derivadas de la unidad familiar llamada sociedad de convivencia.
El representante de la fracción parlamentaria del PRD del Congreso del Estado explicó que la sociedad de convivencia se crea mediante un acto jurídico bilateral que se constituye cuando dos personas físicas de diferente o del mismo sexo, mayores de edad y con capacidad jurídica plena, establecen un hogar común, con voluntad de permanencia y de ayuda mutua.
La sociedad de convivencia obliga a los convenientes, en razón de la voluntad de permanencia, ayuda mutua y establecimiento del hogar común; surte efectos frente a terceros cuando es registrada ante la Secretaría General de Gobierno, o ante la autoridad que ésta designe, en los términos de la presente ley.
No podrán constituir sociedad de convivencia las personas unidas en matrimonio, concubinato y aquellas que mantengan vigente otra sociedad de convivencia. Tampoco podrán celebrar entre sí, sociedad de convivencia, los parientes consanguíneos en línea recta sin límite de grado o colaterales hasta el cuarto grado.
Para los efectos de los demás ordenamientos jurídicos, la sociedad de convivencia se regirá, en lo que fuera aplicable, lo relativo al concubinato y las relaciones jurídicas que se derivan de éste, entre otros preceptos.
Rodríguez Leal dijo que esta ley es un paso más hacia la construcción de una sociedad más justa e igualitaria, que reconoce que en el respeto a la diversidad se encuentra el eje sublimador; y que el respeto al derecho ajeno es la paz.
Que se justifica por sí misma al enarbolar un mecanismo que concreta la solidaridad humana, en tiempos tan adversos en que priva el individualismo como ideología, lo colectivo emerge como solución a problemas económicos cotidianos de las nuevas familias, pero también como contención al desprecio por la comunidad. Esta ley contribuye a remediar, en parte, problemas asociados con diversas crisis humanas, la económica y la social.
La iniciativa para reformar el Código de Procedimientos Civiles para el Estado de San Luis Potosí, implica desaparecer las alusiones a “hombre” y “mujer” y sustituirlas por una categoría neutral que incluya las posibilidades que surgen de la tendencia jurídica imperante en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, tal como la acepción “cónyuge”.
Bajo el principio de entera fe y crédito del artículo 121 de la Constitución y en consonancia con el sistema federal, los matrimonios entre personas del mismo sexo válidamente celebrados en el Distrito Federal deben tener pleno reconocimiento en el resto de las entidades federativas.
Por lo tanto se vuelve necesario armonizar la legislación de las diferentes entidades federativas para estar acordes con los criterios de la Corte.
La iniciativa para reformar el Código Familiar para el Estado de San Luis Potosí, tiene el objetivo de establecer que el matrimonio es la unión legal entre dos personas, y no señalar que es entre un hombre y una mujer, libremente contraída, con igualdad de derechos, deberes y obligaciones, que hacen vida en común, con la finalidad de proporcionarse ayuda mutua formando una familia, entre otros preceptos.
Las iniciativas del legislador se analizan al interior de las comisiones de Derechos Humanos, Equidad y Género; y Justicia de la LIX Legislatura.