San Luis Potosí, SLP.- La colectiva Interrupción Legal del Embarazo (ILE) San Luis Potosí y Nueva Luna Salud de las Mujeres A.C., con el apoyo jurídico de Praxis Combativa, presentaron una iniciativa de reforma al artículo 150 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí así como en sus fracciones I y II, adicionando las fracciones de la III a las VI, con el objetivo de ampliar y actualizar las exclusiones de responsabilidad penal en casos de aborto en la entidad.
Al respecto Nuria Serrano, de la colectiva ILE, señaló que si bien el Artículo 150 del Código Penal regula las exclusiones de responsabilidad penal en casos de aborto, la actual redacción de este artículo no abarca todas las circunstancias bajo las cuales una mujer, o una persona con la posibilidad de gestar, pueda encontrarse ante la necesidad de interrumpir su embarazo, sin incurrir en responsabilidad penal.
Destacó que pesar de los cambios jurídicos que se han dado a nivel nacional, y la forma en que quedó redactado el artículo 150 que se publicó en el Periódico Oficial del Estado el pasado 12 de noviembre 2024, se considera importante que también se tome en cuenta la propuesta, ya que se ha identificado algunos problemas en la actual redacción de esr artículo, los cuales se han reflejado en esta iniciativa.
La colectiva y la asociación señalan que las principales problemáticas que se ven son la limitada cobertura de situaciones delictivas, esto debido a que el actual redacción solo contempla la violación y la inseminación indebida, dejando de lado otros delitos existentes en el Código Penal, como el estupro y la implantación de un óvulo sin consentimiento, que podrían resultar en embarazos no deseados.
La falta de apoyo en casos de negación de servicios, esto ya que actualmente no se prevé una exclusión de responsabilidad para aquellas mujeres o personas con posibilidad de gestar que hayan sido negadas o prorrogadas en la posibilidad de interrumpir su embarazo dentro del plazo legal de las primeras 12 semanas de gestación por parte del personal de salud o autoridades.
Además existen consideraciones económicas insuficientes, esto debido a que la actual redacción no contempla la situación de mujeres o personas con posibilidad de gestar en pobreza extrema, que pueden enfrentar barreras significativas para acceder a servicios de aborto legales y seguros.
También no se consideran los riesgos para la salud, ya que la legislación vigente no incluye suficientes salvaguardas para casos donde la continuación del embarazo implica un riesgo grave para la salud o la vida de la mujer o persona gestante, así como el caso de malformaciones del feto pues no se considera la posibilidad de interrupción del embarazo en casos de alteraciones genéticas o congénitas, que pongan en riesgo la viabilidad del feto o la salud física y mental futura del mismo.
Para concluir, las promoventes destacan que esta iniciativa retoma estos precedentes, que son fundamentales para eliminar las barreras que actualmente existen en la entidad para acceder a servicios de embarazos seguros y legales.