Miércoles 13 de Noviembre de 2024 | San Luis Potosí, S.L.P.
nacionales

Plantean que Fuentes se excuse de recursos de elección de PJ

Agencia Reforma | 11/11/2024 | 18:16

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha recibido 257 solicitudes para que el magistrado Felipe Fuentes se abstenga de participar en la resolución de recursos sobre la elección judicial.
 
 Sostienen que dicho juez electoral tiene una plaza en el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito, que está entre los cargos que serán renovados en la elección del 1 de junio de 2025.
 
 Fuentes pidió licencia a esa posición para incorporarse al Tribunal Electoral, y el pasado 26 de octubre presentó al Senado una carta para declinar competir por ese cargo, eso porque la reforma judicial le alarga hasta 2027 su magistratura en la Sala Superior.
 
 "Podría tener interés jurídico y legitimación para controvertir los actos señalados en las demandas, al haber sido insaculado por el Senado de la República e incluido en la Convocatoria que ahora se controvierte", exponen los inconformes en sus recursos.
 
 El magistrado Reyes Rodríguez hizo público su proyecto sobre algunas de estas peticiones y propone declarar "fundada" la solicitud, al argumentar que "sí tiene un interés personal en las controversias planteadas".
 
 Justifica que el artículo 126 de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que las y los magistrados de circuito están impedidos para conocer de los asuntos, de entre otras causas, por tener interés personal en la controversia planteada.
 
 Reyes consultó a Fuentes su opinión y éste le respondió que no tiene ningún interés personal en los asuntos.
 
 "No obstante, el interés del magistrado en la controversia no se actualiza en función de su declinación o no en el proceso electivo, sino en el hecho objetivo de que tiene la titularidad de una magistratura de circuito y, derivado de diversos actos concatenados y precedidos al acuerdo impugnado en estos expedientes", afirma.
 
 Asegura que la confianza en un juez es que exista certeza plena de sus actos.
 
 "Al resolver los asuntos en controversia esta Sala Superior debe limitarse a aplicar el Derecho sin inclinarse en beneficio o detrimento de las pretensiones de alguna de las partes que se encuentran en pugna, ya que, de lo contrario, se estaría infringiendo el mandato que la Constitución general le impone", agrega.
 
 "Así, la imparcialidad supone no sólo la exigencia de un comportamiento imparcial respecto a los intereses del procedimiento, sino también que ofrezca las garantías suficientes que permitan desterrar toda duda que las partes o la comunidad puedan albergar respecto a la ausencia de imparcialidad".
 
 Fuentes siempre es respaldado en sus resoluciones por Felipe de la Mata y Mónica Soto, quienes han conformado el bloque mayoritario, contra Reyes y Janine Otálora.