El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analiza el proyecto del Ministro Juan Luis González Alcántara que invalida partes de la reforma judicial.
El proyecto plantea anular la elección por voto popular de Jueces y Magistrados, pero mantiene ese formato para elegir a Ministros y Magistrados electorales.
Considera que es una decisión de "autocontención" la de permitir que se realice la elección de Ministros.
Incluye además, anular los comicios para Jueces locales, que supone uno de los procesos más complejos por el número de cargos.
El proyecto de sentencia del Ministro González Alcántara da respuestas a las acciones de inconstitucionalidad promovidas por PRI, PAN y Movimiento Ciudadano.
En dicha propuesta se invalidan los jueces sin rostro y el método de selección de los juzgadores que llevarían a cabo los Comités de Evaluación.
Para invalidar la reforma, es necesaria una mayoría de 8 votos.
Previo a la discusión de los temas de fondo, la Corte tendrá que aclarar si puede resolver acciones que cuestionan una reforma a la Constitución, algo que nunca ha hecho desde que estos juicios fueron reglamentados en 1995.
Para decidir este punto basta mayoría de seis votos.