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Ordenan al INE, CJF y Congresos frenar elección judicial

Agencia Reforma | 25/09/2024 | 09:43

Un juez federal dio un plazo de 24 horas al Instituto Nacional Electoral, los Poderes Legislativo y Judicial Federal, así como los Congresos estatales, para frenar temporalmente la implementación del proceso para la elección de jueces, magistrados y ministros.
 
 Y de incumplirse con el mandato judicial, advirtió que se impondrán a los funcionarios responsables una pena de 3 a 9 años de prisión, multa de 50 a 500 días, destitución e inhabilitación de 3 a 9 años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos.
 
 Francisco Javier García Contreras, Juez Segundo de Distrito de Colima, concedió una suspensión provisional en esos términos a la Fundación Iris en promoción y defensa de los Derechos Humanos, Asociación Civil.
 
 El juez consideró que hubo violaciones al procedimiento legislativo en la aprobación de la reforma judicial, al grado que la convierten jurídicamente en "un fruto envenenado".
 
 El principal argumento de García es que el dictamen no fue votado en el plazo de 90 días hábiles previsto para las reformas a la Constitución, conforme a la Ley Orgánica del Congreso y el Reglamento de la Cámara de Diputados.
 
 "Con base en lo expuesto, es que la iniciativa de reforma a la Constitución, se recibió en la Cámara de Diputados el 9 de febrero de 2024, y se resolvió en Comisiones hasta el 26 de agosto de la presente anualidad; no obstante que el plazo de 90 días hábiles a partir del 8 de febrero de 2024, venció el 26 de junio de 2024; sin que tampoco se advierta de la Gaceta Parlamentaria una prórroga para su dictaminación", dice el fallo.
 
 "Por lo tanto, es dable establecer que dicho proceso legislativo, no se llevó conforme al procedimiento legislativo destacado, transgrediendo con ello la garantía de seguridad jurídica, por ende, las formalidades esenciales del procedimiento, previstas en los artículos 14 y 72 de la Carta Magna. Violación que se destaca con la intención de evidenciar que el acto reclamado deviene de un fruto envenenado, por ende, la apariencia del buen derecho para conceder la presente medida cautelar".
 
 De acuerdo con el fallo, el juez ordenó al Consejo General del INE abstenerse de implementar el Proceso Electoral Extraordinario 2024- 2025 y de emitir acuerdos para su organización, desarrollo, cómputo, vigilancia y fiscalización.
 
 Al Pleno del Consejo de la Judicatura Federal le prohibió implementar un plan de trabajo para transferir recursos materiales, humanos, financieros y presupuestales al Tribunal de Disciplina Judicial.
 
 Tampoco deberá proporcionarle recursos al órgano de administración judicial, en lo que corresponde a sus funciones administrativas y de carrera judicial, ni emitir acuerdos generales o específicos para implementar dicho plan de trabajo.
 
 El juez también prohibió al Senado de la República emitir la convocatoria para integrar los listados de los candidatos para la elección extraordinaria para renovar los cargos del Poder Judicial de la Federación.
 
 Otros impedimentos que impuso al Senado son tomar protesta de su encargo a los juzgadores vencedores en la eventual elección, el 1 de septiembre de 2025; y adecuar las leyes federales para dar cumplimiento a la reforma.
 
 Esta última prohibición temporal también fue impuesta a la Cámara de Diputados.
 
 Finalmente, el juez también ordenó a las Legislaturas estatales y el Congreso de la Ciudad de México abstenerse de modificar sus constituciones locales para adecuarlas a la reforma judicial, dentro del plazo de 180 días naturales, a partir de su entrada en vigor.
 
 El juzgador precisa que, en caso de que algunos de estos actos ya se consumaron, la suspensión provisional no tendrá efectos restitutorios.
 
 Esta medida precautoria estará vigente por lo menos hasta el próximo 30 de septiembre, cuando se celebre la audiencia incidental en la que el juez definirá si concede o no la suspensión definitiva.