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Ordena jueza eliminar publicación de reforma judicial de DOF

Agencia Reforma | 24/09/2024 | 09:18

En un fallo del que no existe precedente, una juez federal ordenó eliminar por tiempo indefinido la publicación del decreto de la reforma judicial del pasado 15 de septiembre en el Diario Oficial de la Federación, al estimar que existen violaciones de procedimiento en su aprobación.
 
 Nancy Juárez Salas, Juez Décimo Noveno de Distrito en Coatzacoalcos, Veracruz, concedió una suspensión definitiva en esos términos, porque en su opinión la Cámara de origen incumplió con el requisito de discutir y votar la iniciativa de reforma en un plazo de 30 días naturales.
 
 Sin embargo, la regla que cita la juez, establecida en el artículo 136 de la Ley Orgánica del Congreso, es aplicable sólo para las iniciativas de trámite preferente y el Ejecutivo Federal no presentó con ese carácter la iniciativa de la reforma judicial.
 
 "Se tiene que uno de los argumentos torales de inconformidad se generan sobre la base de que existen violaciones al procedimiento legislativo, entre otras que el referido dictamen de reformas a la Constitución, no fue discutido ni votado por la Cámara de origen dentro del plazo máximo de 30 días naturales contados a partir de su presentación... y por tanto, el proceso legislativo esta caducado", dice el fallo de la juez Juárez.
 
 "En consecuencia, como quedó establecido, resulta procedente conceder la suspensión definitiva con efectos restitutorios, para que las autoridades responsables Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y Director del Diario Oficial de la Federación, en el ámbito de sus respectivas competencias, eliminen la publicación realizada en el Diario Oficial de la Federación, el 15 de septiembre del 2024, del Decreto de Reforma Constitucional".
 
 La juzgadora dice que, al conceder esta medida cautelar y restituir a los quejosos el goce de sus derechos violados, garantiza el interés social, pues evita que entre en vigor una reforma constitucional que podría trastocar los principios que rigen la independencia judicial y la impartición de justicia, como lo son la imparcialidad, la objetividad, el profesionalismo y la división de poderes.
 
 El fallo estará vigente por lo menos hasta que lo revoque un tribunal colegiado, lo que puede significar algunos meses.
 
 Hasta ahora, ni la Cámara de Diputados ni el Senado de la República han cumplido ninguna de las suspensiones anteriores que fueron otorgadas contra el trámite y publicación de la reforma judicial.
 
 Aunque en esta ocasión, se trata de una resolución judicial que debe cumplir una entidad que depende del Ejecutivo Federal.
 
 El fallo de la juez es por lo menos inusual, porque ni siquiera la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha ordenado algo parecido y mucho menos en una suspensión de amparo.
 
 El máximo tribunal del país ha derogado normas y procesos legislativos, pero no ha instruido en una medida cautelar la eliminación de su publicación en el Diario Oficial.