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La Voz de... Proceso de liquidación de partidos

Plano Informativo | 29/07/2024 | 04:53

Por estas razones se puede perder el registro

El consejero electoral Adán Nieto Flores explicó que de acuerdo con la legislación vigente, los partidos políticos pueden perder su registro por haber dejado de cumplir con los requisitos para mantenerlo, o bien por no participar en un proceso electoral ordinario, por haberse disuelto o fusionado con otro partido, por incumplir con las obligaciones señaladas en la normatividad, o por no haber obtenido al menos el 3 por ciento de la votación válida efectiva en el proceso electoral en que hayan participado.

Agregó que en el caso de San Luis Potosí, las entidades políticas que se encuentran en este último supuesto, son los partidos Encuentro Solidario San Luis Potosí, Conciencia Popular y Movimiento Laborista, por lo que se encuentran en proceso de cierre o liquidación, proceso que está a cargo del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (Ceepac).

 

Recuperar registro no es fácil

Nieto Flores aclaró que en el caso del Partido de la Revolución Democrática, debido a que cuenta con registro nacional, el estatus de su situación después del proceso electoral queda bajo la competencia directa del Instituto Nacional Electoral (INE).

Sin embargo, en la entidad potosina la militancia perredista hizo su parte y logró un resultado que lo salva, por lo menos en el estado.

Explicó el consejero que en el dado caso de que alguna de las entidades liquidadas estuviera interesada en constituirse nuevamente como partido, tendría que cubrir todos los requisitos de ley que cualquier otra agrupación que buscara obtener su registro como partido político.

 

Así inicia la liquidación

Adán Nieto dijo que “Cuando los resultados de los cómputos se hacen oficiales, el proceso de cierre de cada partido que incurre en el supuesto descrito de no haber alcanzado al menos el 3 por ciento de la votación válida efectiva, cuenta con tres fases: Prevención, Liquidación y Adjudicación.

 

1ª Etapa:

El consejero electoral explicó que “En la primera etapa, se notifica a los partidos el inicio del procedimiento y se les comunica sobre las responsabilidades que tienen, entre las que destacan la recuperación de créditos, la suspensión de ciertos pagos, la prohibición de enajenar bienes, realizar transferencias o movimientos bancarios a favor de dirigentes, militantes o simpatizantes, así como la obligación de colaborar durante todo el proceso con la persona interventora designada por el Ceepac.

 

2ª Etapa

Nieto Flores detalló que una vez que la declaratoria de pérdida de registro queda firme, se inicia el periodo de liquidación, que consiste en la conclusión de las operaciones de los partidos que perdieron su registro, derivadas de las fuentes de financiamiento previstas en la ley.

La parte interventora, en funciones de liquidadora en esta segunda parte del proceso, llevará a cabo los procedimientos correspondientes para cumplir con las obligaciones subsistentes de los partidos, así como el cobro de adeudos pendientes a su favor.

 

3ª Etapa

En la parte final del proceso, que es la etapa de adjudicación, se presenta el informe final del proceso de liquidación con el respectivo respaldo documental, y si los partidos políticos que perdieron el registro contaran con algunos remanentes a favor, el Consejo General del Ceepac deberá instruir a la Secretaría Ejecutiva para que tales recursos sean reintegrados a la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado.