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Publican disposiciones sobre exposición a radiaciones electromagnéticas

Notimex | 26/02/2020 | 22:27

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) informó que se publicaron dos disposiciones técnicas sobre límites de exposición máxima a la radiaciones electromagnéticas no ionizantes para seres humanos.

 

A través de un comunicado, el órgano regulador precisó que éstas son la IFT-007-2019, para el entorno de estaciones de radiocomunicación o fuentes emisoras.

 

Y la IFT-012-2019, aplicable a productos, equipos, dispositivos o aparatos destinados a telecomunicaciones, que podrán ser conectados a una red de telecomunicaciones y/o hacer uso del espectro radioeléctrico.

 

La primera disposición es sobre los límites de exposición máxima para seres humanos a radiaciones electromagnéticas de radiofrecuencia no ionizantes en el intervalo de 100 KHz a 300 GHz, en el entorno de estaciones de radiocomunicación o fuentes emisoras.

 

Ésta busca dar certeza respecto a los parámetros que se deben cumplir al instalar y operar infraestructura de radiocomunicaciones.

 

El instrumento prevé que, en las zonas de exposición a campos 

electromagnéticos producto de la operación de estaciones de radiocomunicación o fuentes emisoras, considerando la distancia de cumplimiento, no se excedan los límites de exposición máxima a radiaciones electromagnéticas de radiofrecuencia no ionizantes para el intervalo de frecuencias de 100 kHz a 300 GHz.

 

Además, la disposición técnica establece que, para las nuevas estaciones de radiocomunicación o fuentes emisoras a ser puestas en operación, el titular o su representante legal podrá contratar los servicios de una Unidad de Verificación para llevar a cabo la dictaminación correspondiente.

 

La medida prevé un procedimiento de atención a denuncias ante el Ifetel mediante el cual, personas físicas o morales, que tengan conocimiento de hechos que pudieran ir en contra de la disposición técnica, puedan externar el caso y solicitar la atención, inspección y verificación gratuita de las estaciones.

 

En tanto, la Disposición Técnica IFT-012-2019 es para el cumplimiento de los límites máximos de emisiones radioeléctricas no ionizantes de los productos, equipos, dispositivos o aparatos destinados a telecomunicaciones que pueden ser conectados a una red de telecomunicaciones y/o hacer uso del espectro radioeléctrico.

 

La disposición técnica establece que aquellos equipos que se usen cerca de la cabeza o del cuerpo humano deberán evaluarse para garantizar que no excedan los valores máximos de emisiones radioeléctricas no ionizantes establecidas de acuerdo con parámetros internacionales.

 

“Los aparatos que estén debidamente homologados conforme a la Disposición Técnica IFT-012-2019, deberán exhibir el número de Certificado de Homologación correspondiente, así como la marca y el modelo con la que se expide dicho certificado en cada unidad de producto mediante marcado o etiqueta que lo haga ostensible, claro, visible, legible, intransferible e indeleble”.

 

Ambas disposiciones técnicas toman como base las recomendaciones y límites de exposición de los seres humanos a la radiación no ionizante emitidos por la Comisión Internacional sobre Protección contra Radiaciones No Ionizantes (ICNIRP” por sus siglas en inglés), comisión científica independiente no gubernamental reconocida por la Organización Mundial de la Salud (OMS).