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Corte admite acciones de inconstitucionalidad contra 'Ley garrote'

Notimex | 12/09/2019 | 19:01

Notimex.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite las acciones de inconstitucionalidad contra las reformas al Código Penal de Tabasco, conocida como "Ley garrote".
 
Los recursos fueron interpuestos por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), el partido Movimiento Ciudadano y la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Tabasco para impugnar la llamada "Ley Garrote", mismos que fueron radicadas en los expedientes 91, 92 y 93/2019.
 
Sin embargo, el ministro Fernando Franco Salas negó suspensio?n que solicitó la Comisión Estatal de Derechos Humanos, con el argumento de que la admisio?n del recurso no dara? lugar a la suspensio?n de la norma cuestionada.
 
En ese contexto, la llamada "Ley garrote" se mantendrá vigente hasta que la Suprema Corte de Justicia de la Nación defina su constitucionalidad.
 
Asimismo, ordenó dar vista a los poderes Legislativo y Ejecutivo de Tabasco para que rindan su informe dentro del plazo de 15 di?as ha?biles, contados a partir del di?a siguiente en que surta efectos la notificacio?n.
 
Ello, luego que en la acción que interpuso Movimiento Ciudadano argumentó que las reformas al Co?digo Penal de Tabasco son de naturaleza electoral.
 
Por ese motivo, el ministro José Fernando Franco González Salas también solicitó al Instituto Nacional Electoral (INE) para que en el plazo de tres di?as ha?biles envi?e al alto tribunal copia certificada del estatuto vigente de Movimiento Ciudadano, asi? como de la certificacio?n de su registro vigente, y precise quiénes eran sus representantes al momento de la presentacio?n de la acción de inconstitucionalidad.
 
Además, solicitó al Instituto Electoral y de Participacio?n Ciudadana de Tabasco para que en los próximos tres días hábiles informe a la Suprema Corte cuándo inicia el pro?ximo proceso electoral en la entidad.
 
Asimismo, al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federacio?n le dio un plazo de 15 di?as ha?biles, contados a partir del siguiente en que surta efectos la notificacio?n, para que exprese por escrito su opinio?n en relacio?n con la mencionada accio?n de inconstitucionalidad.
 
La reforma al Código Penal de Tabasco sanciona hasta con 20 años de cárcel a quien efectúe movilizaciones y protestas que impidan la ejecución de obras públicas o privadas que cuenten con autorización para su ejecución.