Filiberto Juárez Córdoba | 01/07/2019 | 17:29
HACE TIEMPO un maestro, que mucho sabia de leyes, nos decía que el ayuntamiento es una figura política perfecta porque concentra en una misma mesa al Poder Legislativo, al Ejecutivo y al Judicial. Eso ocurre, explicaba, en la sesión de cabildo, donde los regidores hacen las funciones normativas, el presidente o alcalde las ejecutivas y los síndicos las jurídicas, guardando las proporciones ahí está la división de poderes. Ayuntamiento viene de junta, en la acepción de reunión de personas para tratar algún asunto. El diccionario define al ayuntamiento como “Corporación compuesta de un alcalde y varios concejales para la administración de los intereses de un municipio”. Por sus características colectivas los ayuntamientos se eligen por planillas. En el caso concreto de nuestro estado, la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, en su artículo 114, establece que “Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa. La competencia del gobierno municipal se ejercerá por el Ayuntamiento de manera exclusiva, y no habrá ninguna autoridad intermedia entre éste y el Gobierno del Estado. Los ayuntamientos se compondrán por un presidente municipal y el número de regidores y síndicos que la ley determine, electos popularmente por votación directa, quienes podrán reelegirse por un período adicional por el mismo cargo”.
REFERIMOS LO ANTERIOR porque leímos que la diputada Marite Hernández Correa, presentó una iniciativa de reforma a la fracción I del artículo 114 de la Constitución Política del Estado de San Luis Potosí, así como para adicionar la fracción IV al artículo 7º de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de San Luis Potosí y para adicionar diversas fracciones del artículo 86 de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de San Luis Potosí, con la finalidad de que, constitucionalmente, el cargo de síndico sea de elección popular. Lo que la iniciativa propone ya lo es, los síndicos son funcionarios de elección popular. Señala la diputada: “El espíritu de esta iniciativa es que se puede propiciar un cambio institucional en materia de rendición de cuentas, pero esta vez de abajo hacia arriba: teniendo como objeto la elección popular del síndico por mandato constitucional, para que al llegar al cargo, el representante legal del municipio solamente deba la lealtad del desempeño de su cargo a quienes lo eligieron, es decir, sus representados”. Lo que Hernández Correa cree que debe cambiar es la elección, pues señala que “la sindicatura, cargo que ostenta la representación jurídica para defender los intereses de la ciudad, es electo en la misma planilla de mayoría relativa que los alcaldes, al igual que el llamado regidor de mayoría”. Considera que la elección simultánea asegura dos cosas: “la identidad partidaria de los integrantes que podrían establecer un contrapeso en el cabildo y la conformación de una mayoría automática a favor del partido que postuló a los funcionarios que ocupan esas graves responsabilidades”. Puede ser pero el espíritu de la ley no es de confrontación, simplemente establece que el gobierno se ejercerá por un ayuntamiento, una junta, un organismo colectivo con funciones definidas cada uno y que, en teoría, deben trabajar armónicamente para dar buenos resultados a la ciudadanía que los eligió. Para modificar la forma de elección de los síndicos, incluso para aumentarles funciones, tal vez no baste con modificar alguna fracción de la constitución local y adicionar fracciones a otras leyes, lo primero que abría que modificar sería la Constitución de la república, pues ahí es donde se establece lo que en la reglamentación local se replica.
NOMÁS DIJO YO QUIERO ser candidato del PAN al gobierno del estado, Octavio Pedroza Gaitán, y de inmediato trascendió que una encuestadora descubrió que el favorito para que sea gobernador del estado es Xavier Nava Palacios. Habrá que indagar de dónde salieron los datos de esa encuesta y si de verdad el alcalde está tan alto en las preferencias electorales. Otro que ha dicho que busca esa posición es Marco Antonio Gama Bazarte. El senador no pierde el tiempo y recorre el estado cada que puede buscando acercamientos que le generen condiciones propicias a su proyecto. Acaba de inaugurar una casa de campaña en Valles. Dijeron que es de enlace, como la que hace poco también inauguró Xavier Nava, pero la gente, que los conoce bien, dice que tiene otros datos y que son casa de campaña.
EL PROBLEMA de algunas causas es la politización, mezclar intereses lleva a descalificar o restar credibilidad a cualquier investigación y lo mejor es siempre cuidar el fondo y la forma de los procesos. En el caso del juicio político contra Jaime Pineda Arteaga, secretario de Seguridad Pública, independientemente de que algunos abogados de prestigio, como Jorge Chessal Palau, opinaban que no había elementos suficientes para acreditar un proceso de esa naturaleza, el que haya sido un diputado el promovente, le daba un toque de desconfianza. El juicio político debe ser un derecho de la sociedad ante los actos de sus autoridades, por eso las leyes dicen que cualquier ciudadano puede promoverlo. Para estos efectos un diputado no es cualquier ciudadano, es un integrante del Poder Legislativo, que es el encargado de calificar la procedencia y desahogo del juico. Sería entonces juez y parte, lo que invalida todo o, al menos, le da argumentos al enjuiciado para una defensa exitosa. La lección de este caso es que no se debe dar lugar para que estos procesos se conviertan en estrategias políticas ni en recursos mediáticos para imagen.
Si se busca un beneficio
Que la gente lo proponga
O será pura milonga
¡De políticos sin juicio!
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