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Reforma Laboral: Un gran logro, no un gran fracaso

Plano Informativo | 01/07/2019 | 02:34

La reforma en materia laboral, que acaba de ser publicada en el Diario Oficial de la Federación, el pasado primero de mayo del año en curso, es un tema trascendental para todo el país, pues trastoca de alguna manera todos los aspectos sociales.

 

En exclusiva para PLANO INFORMATIVO, el presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, Juan Paulo Almazán Cue, explicó que México se encuentra en un proceso de transformación constante, el cual en los últimos años se ha vuelto más evidente, los cambios que se proponen y se realizan han sido cada vez más profundos.

 

Hemos sido testigos de verdaderas reformas estructurales en nuestros sistemas, sin duda, como ya se señaló, uno de los más trascendentales es el referente a la materia laboral, el cual responde a la reforma realizada al apartado “A” del artículo 123 constitucional, publicada el 24 de febrero de 2017 y a los principios de libertad sindical que México asumió al ratificarse el Convenio 98 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT) por el Senado de la República el 20 de septiembre de 2018, la cual comienza materializarse con el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, el pasado primero de mayo del año en curso, por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, de la Ley Federal de la Defensoría Pública, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y de la Ley del Seguro Social, en materia de Justicia Laboral, Libertad Sindical y Negociación Colectiva, en cuyos transitorios se marcan las pautas para la implementación del nuevo sistema laboral.

 

Para una mejor comprensión, antes de abordar los puntos relevantes de la reforma, es necesario conocer el contexto del sistema actual, lo cual se ve reflejado en el diagnóstico elaborado en el año 2015 por el Centro de Investigación y Docencia Económica (CIDE) a través de los foros denominados “Diálogos por la Justicia Cotidiana” referentes a las situaciones que afectan directamente la impartición de justicia, detectando que en el sistema actual de impartición de justicia laboral se presentan graves problemas, siendo algunos de los más relevantes los siguientes:

 

I. Uso inadecuado de la conciliación.

II. Casos de abandono de empleo que simula despido.

III. Casos de despido injustificado que simula renuncia.

IV. Casos de ofertas de reinstalación del trabajador únicamente para ocultar un despido injustificado.

V. Casos de abuso de Juicio de Amparo.

VI. Vicios en las disputas de Titularidad de Contrato Colectivo de Trabajo.

VII. Criterios distintos entre las juntas y salas.

VIII. Desigualdad de género.

 

Lo anteriores problemas generaron por años un gran reto para la correcta administración de justicia laboral, por ende, un ambiente inadecuado para el desarrollo de las actividades económicas, provocando una estrategia que se ocupará de las causas de los mismos, lo que trajo como consecuencia la reforma al artículo apartado “A” del artículo 123 constitucional, en la que se establecieron grandes cambios estructurales como son: la sustitución de las juntas de conciliación y arbitraje por tribunales laborales pertenecientes a los Poderes Judiciales; la creación de un nuevo Organismo Público Descentralizado para la conciliación de conflictos de índole laboral y para el registro de contratos colectivos de trabajo y de sindicatos, el deber de consultar a las y los trabajadores mediante voto personal, libre y secreto de forma previa a la firma de contratos colectivos, para las elecciones sindicales y para la solución de los conflictos intergremiales, como es la titularidad de los sindicatos.

 

Dicho esfuerzo por un cambio no sería suficiente ni materializable, hasta en tanto se hicieran los ajustes a las diversas normas involucradas en los cambios, siendo estas a nivel federal las siguientes:

•             Ley Federal del Trabajo,

•             Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación,

•             Ley Federal de la Defensoría Pública,

•             Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, y

•             Ley del Seguro Social.

 

Así, con las modificaciones realizadas a dichas leyes, el pasado primero de mayo se completó el marco normativo necesario y se dieron las pautas para la implementación del nuevo sistema laboral, siendo los tiempos otorgados para ello los siguientes:

2 de noviembre del 2019

 

•   Creación de la ley orgánica del nuevo Centro de Conciliación y Registro Sindical.

•   Cambios en la vida interna de los sindicatos, ya que deben modificar sus estatutos e incluir el voto libre, secreto y directo.

2 de mayo del 2020

•   Soporte electrónico de expedientes de asociaciones sindicales.

•   Los sindicatos deben ajustarse al procedimiento de demostrar que tienen el respaldo de 30% de la mayoría de los trabajadores a través del voto libre, secreto y directo.

2 de mayo del 2021

•  Creación de la plataforma de Seguridad Social para que los tribunales puedan realizar consultas y cotejen el registro de trabajadores en los sindicatos.

2 de mayo del 2022

•   Traslado físico de expedientes de las asociaciones sindicales al Centro de Conciliación y Registro Laboral.

•   Entran en función los Centros de Conciliación a nivel local.

2 de mayo del 2023

•   Entran en función los Centros de Conciliación y Tribunales Laborales a nivel federal y local.

•  En ese año concluye el plazo de tres años que tienen los patrones para realizar la revisión extraordinaria de los contratos colectivos de trabajo existentes y que sean avalados por todos los trabajadores.

 

Por lo que una vez definidos los plazos, es necesario hacer hincapié en que la misma exigirá un esfuerzo de coordinación entre los tres Poderes del Estado para poder sacar adelante esta reforma laboral como un gran logro y no un gran fracaso, pues el éxito o no de la misma marcará el rumbo del país, por lo que el primer paso para prepararnos debe ser la profesionalización de las y los operadores y la capacitación de la totalidad de usuarios, a efecto de que el total de involucrados sumemos esfuerzos para fortalecer y utilizar de la mejor manera nuestro nuevo sistema laboral.