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Revocan cuatro candidaturas de Morena en Aguascalientes

Notimex | 22/04/2019 | 23:10

El pleno de la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó las candidaturas de Morena para cuatro ayuntamientos de Aguascalientes, bajo el argumento de que la dirigencia estatal carece de facultades para designarlas.

Por unanimidad, los magistrados resolvieron que el órgano facultado para realizar cambios o sustituciones es el Comité Ejecutivo Nacional del partido, por lo que anularon la designación de los aspirantes a los ayuntamientos de Pabellón de Arteaga, Jesús María, San Francisco de los Romo y Tepezalá. 

En consecuencia, dieron la razón a los aspirantes pre designados debido a que el Tribunal Electoral local no realizó un análisis completo sobre los hechos que le fueron presentados ni tomó en consideración la totalidad de los actos relacionados con la postulación de candidaturas; además de que las nuevas designaciones fueron realizadas por un órgano que no está facultado para ello.

El pleno indicó que la normativa interna de Morena no cuestiona que en el actual proceso que el Comité Ejecutivo Nacional es el único órgano partidista encargado de la aprobación final de las candidaturas propuestas, por lo que el órgano estatal sólo tiene facultades para presentar las solicitudes de registro ante la autoridad electoral, sin que pueda realizar sustituciones o modificaciones.

La sala regional del TEPJF dejó sin efectos la modificación de candidaturas que hizo la dirigencia de Morena en Aguascalientes y, en consecuencia, las resoluciones emitidas por los consejos municipales respectivos y el Consejo General del Instituto local, relacionadas con el registro de candidaturas por los principios de mayoría relativa y representación proporcional.

Además, ordenaron al Comité Ejecutivo Nacional de ese partido y al órgano competente proceder conforme a lo establecido en la sentencia para el registro de aspirantes de mayoría relativa y designación de candidatos de representación proporcional y vincularon respectivamente; a los consejos municipales electorales y al Consejo General del Instituto Electoral del estado, para que se pronuncien sobre la procedencia de los registros.