Jorge Torres | Plano Informativo | 14/02/2019 | 15:31
Además se instruye al Contralor Interno del Congreso del Estado proceder en términos de Ley en contra de quien o quienes resulten responsables, ante la omisión en la entrega de los recursos públicos de la Junta de Coordinación Política; Contraloría Interna; Comité de Administración; Comité del Instituto de Investigaciones Legislativas; Comité de Reforma para la Competitividad y Desarrollo Sustentable del Estado; Comité de Información; y el Comité del Sistema de Gestión de Calidad dado que no existe evidencia documental que acredite la entrega-recepción en estos órganos.
Asimismo se instruye al Contralor Interno a proceder en términos de ley en contra de quien o quienes resulten responsables en términos del artículo 71 y demás relativos aplicables de la Ley de Entrega Recepción de los Recursos Públicos del Estado y Municipios de San Luis Potosí, respecto de las irregularidades reportadas por los órganos del Congreso del Estado.
Finalmente se instruye a todos y cada uno de los órganos del Congreso del Estado, informar a su superior jerárquico, así como a la Contraloría Interna sobre la detección de irregularidades que en lo futuro pudieran surgir o ser detectadas, con la finalidad de actuar en el marco del régimen de responsabilidades.