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Corte analiza facultad de estados de implementar impuestos ecológicos

Agencia | 05/02/2019 | 08:35

La Suprema Corte de Justicia de la Nación inició la discusión y perfila avalar la facultad de los estados del país para la implementación de impuestos ecológicos ante el impacto ambiental generado por las operaciones del sector empresarial en sus territorios.

En su proyecto de sentencia, la ministra Norma Piña propone que se reconozca a las entidades federativas la capacidad para legislar en materia fiscal sobre el tema con el objetivo de proteger al medio ambiente siempre que se apeguen a lo establecido en la Constitución.

“Los estados cuentan con facultades para que, en el ámbito de las competencias, establezcan instrumentos económicos que incentiven el cumplimiento de los objetivos de la política ambiental, dentro de los cuales se incluyen mecanismos normativos y administrativos de carácter fiscal para lograr la finalidad que se propone”, expuso Piña Hernández.

Hasta el momento, la propuesta sobre la facultad de los estados para legislar sobre los también llamados impuestos verdes, ha obtenido el respaldo, en ciertos aspectos, de Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Javier Laynez, Alberto Pérez, Juan Luis González Alcántara, Margarita Luna y Fernando Franco.

“Estando de acuerdo con la conclusión del proyecto, sobre la afirmación de que existe competencia para establecer el gravamen cuestionado a cargo de las entidades federativas, la forma de aproximación al tema no lo son las facultades legislativas en la materia, sino las recaudatorias”, indicó el ministro Pérez Dayán.

Quien se pronunció en contra del proyecto fue Eduardo Medina Mora, quien expuso que el riesgo de aceptar validar, ya sea de manera federal o local, la obtención de ingresos tributarios, gravando cualquier hecho o pacto humano, con la única justificación con un fin extra fiscal, no es viable.

“Dado que la remediación ambiental presupone un daño previo, y el hecho de no contaminar o de contaminar no constituye una fuente impositiva idónea para el establecimiento de una contribución, concluyo: al no actualizarse en el presupuesto necesario para el despliegue de una potestad tributaria normativa, lo conducente es declarar la invalidez de la totalidad de las normas impugnadas”, señaló.