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Otro juez conocerá caso contra esposa de Abarca

Agencias | 07/07/2018 | 14:58

Luego de una propuesta de un ministro, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) prevé confirmar que el caso de cohecho contra María de los Ángeles Pineda Villa, ex primera dama de Iguala, Guerrero, puede ser conocido por un juez distinto al de la Ciudad de México, lugar donde cometió el delito.
 
El ministro José Ramón Cossío Díaz prevé confirmar el criterio utilizado en la sentencia de amparo del Tercer Tribunal Unitario del Decimonoveno Circuito, que avaló la consignación de la acusación de la Procuraduría General de la República contra Pineda Villa a un juzgado de Tamaulipas.
 
Dicha acusación surgió debido a que al momento de su detención supuestamente ofreció medio millón de pesos a los policías federales que la capturaron a ella y a su esposo en la Ciudad de México para evitar que los consignaran.
El Ministerio Público Federal aplicó el artículo 10 del Código Federal de Procedimientos Penales, que establece que por razones de seguridad puede consignar casos como el de Pineda Villa ante jueces diversos a los del lugar donde se cometió el delito, por lo que envió el asunto a Tamaulipas.
 
La esposa de José Luis Abarca, ex edil de Iguala, promovió un amparo en el que alegó que al haber cometido el delito en la Ciudad de México debía ser juzgada por una autoridad capitalina y no en Tamaulipas, donde ya se le dictó auto de formal prisión.
 
El magistrado del tribunal unitario avaló la consignación del Ministerio Público y señaló que el artículo 18 constitucional establece que en casos de delincuencia organizada, delito por el que fue detenida Pineda Villa, la competencia corresponde a la autoridad donde se encuentre recluido el imputado, que en el caso concreto sería un juez de Morelos.
 
Pineda Villa promovió un recurso de revisión en el que alegó que el artículo 10 del CFPP es inconstitucional, razón por la que el Tribunal Colegiado remitió el asunto a la SCJN, donde el ministro Cossío se encargó de analizar la constitucionalidad del artículo.
 
En su proyecto, que será discutido mañana por la Primera Sala, el ministro confirmó que el artículo es acorde a la Carta Magna y añadió que no viola el derecho de defensa de los inculpados.
 
“Al permitir que un inculpado, por razones de seguridad, sea internado en un reclusorio de máxima seguridad ubicado en lugar distinto a aquél en que se cometió el ilícito respectivo y, por ende, juzgado por un juez de Distrito distinto al del lugar de la comisión del delito, sólo prevén la competencia de excepción, regla de naturaleza procesal, que no afecta el derecho de defensa de los inculpados, pues no les impide ofrecer las pruebas que estimen conducentes para demostrar los hechos argumentados en su defensa y, por ende, su inocencia”, agrega el ministro.
 
Si el proyecto se aprueba por los integrantes de la Primera Sala, el expediente será devuelto a un Tribunal Colegiado en Tamaulipas para que resuelva el juicio de amparo.
 
Si los magistrados del colegiado confirman el amparo, el juzgado de Tamaulipas que lleva el proceso de Pineda Villa por cohecho deberá declinar su competencia a otro de Morelos, pues desde el año 2017 la ex primera dama de Iguala fue trasladada al penal federal de Coatlán del Río, donde permanece recluida.
 
La PGR identificó a Pineda Villa como supuesta líder de Guerreros Unidos y se le relacionó con la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa en septiembre de 2014.
 
Además del caso por cohecho enfrenta otros dos procesos por lavado y delincuencia organizada, pero ninguno de estos tiene que ver directamente con los hechos ocurridos el 26 y 27 de septiembre de 2014.
 
El pasado 4 de junio el Primer Tribunal Colegiado de Tamaulipas dictó una resolución en la que desconoció la verdad histórica difundida por la PGR en el caso Iguala.