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Trata, delito del que nadie quiere saber

Lilia Quevedo | 07/07/2018 | 02:15

San Luis Potosí, SLP.- Aunque los datos son pocos, el Diagnóstico Nacional sobre la Situación de Trata de Personas en México, estudio realizado por la Oficina de Organización de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), señaló que los municipios de la Región Huasteca que colindan con Veracruz, Hidalgo y Querétaro son mediana y altamente vulnerables.
 
San Martín Chalchicuautla, Tampacán, Matlapa, Xilitla, Axtla de Terrazas, Coxcatlán, Huehuetlán, Tampamolón Corona, Tanquián de Escobedo, San Antonio, Aquismón y Tamasopo, son los 12 municipios vulnerables a la trata laboral y sexual.
 
Al igual que la pérdida de la vida de las mujeres y la desaparición forzada, la trata de niñas y mujeres es algo de la agenda femenina que está sobre la mesa y que no se ha resuelto.
 
“Hemos tenido respuesta de las autoridades, que incluso expresan que no saben qué es la trata de personas o que hay una actitud de no saber y de no querer saber”, señaló Oresta López Pérez, profesora e investigadora del Colegio de San Luis A.C (Colsan).
 
A nivel nacional no hay cifras que determinen el número de personas que han sido rescatadas de las redes de la trata y menos cuántas víctimas son explotadas laboral y sexualmente.
 
El Diagnóstico Nacional sobre la Situación de Trata de Personas en México señala que la ausencia de datos se debe a que recién se acaba de tipificar el delito en varios estados del territorio nacional.
 
La Ley Para Prevenir, Atender y Erradicar la Trata de Personas en el Estado de San Luis Potosí, es relativamente nueva; se aprobó el 22 de diciembre del 2010, se promulgó el 22 de enero del 2011 y se publicó el 27 de enero del 2011.
 
En muchos casos esto ha limitado la capacidad institucional para perseguir y sancionar el delito, sobre todo considerando que la trata de personas constituye un fenómeno delictivo muy complejo.
 
La tasa de denuncia es relativamente baja, sea por temor a la revictimización cometida por las autoridades; porque la víctima se encuentra bajo amenaza de los tratantes; por la dificultad de integrar los elementos del tipo penal; o por otras razones que no son exclusivas del delito de trata de personas.
 
Incluso cuando hay una denuncia de por medio, los agentes del Ministerio Público o los jueces tienden a reclasificar el delito porque consideran que no están enfrentando un caso de trata de personas sino, por ejemplo, uno de lenocinio o de corrupción de menores de edad.
 
“Cuando la actitud es de 'pues yo ni quiero saber, yo no quiero tocar ese tema ni meterme en ese tema', es lo que llamamos omisiones de estado y esas son muy graves; yo creo que en este Estado ha habido muchas omisiones para atender los problemas que afectan directamente la seguridad y la vida de las mujeres”.