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Sistema Nacional de Mejora Regulatoria

Franco Coronado | 13/06/2018 | 15:04

Desde el sexenio de Calderón y ahora en el de Peña Nieto se volvió una práctica de rutinaria, tanto del Congreso de la Unión como del Ejecutivo, reformar el artículo 73 de la Constitución General para ampliar las facultades del Poder Legislativo Federala fin de expedir leyes generales en diversas materias. Así, los Congresos Locales únicamente deben adherirse a ellas, con normas que secundan lo ya dictado desde la Ciudad de México.

En lo particular, considero que lapráctica de reglamentar todo a partir de leyes generales nos acerca más al centralismo y continúadesvaneciendo al federalismo, los Congresos Estatales terminan siendo reductos para la simple representación sin decisión. Aunque también es cierto que hay mucha asimetría en las regulaciones locales que trae como consecuencia la falta de certeza jurídica para el gobernado. Los feudos de los gobernadores están cimentados, precisamente,en marcos normativos queabonan al abuso del poder, la discrecionalidad,la impunidad, la corrupción y la opacidad. Esto último en perjuicio de los ciudadanos porque de entrada se vulnera su seguridad jurídica, se atiza la desigualdad ante la ley en beneficio de unos cuantos, y segundo, se carece de incentivos para la inversión y la generación de empleos.

Otorgando el beneficio de la duda, en aras de que las Leyes Generales purguen estas malas prácticas en las entidades federativas y podamosdar pasos contundentes hacia la profesionalización estandarizada del servicio público a nivel estatal y municipal, hago referencia en esta ocasión a la Ley General de Mejora Regulatoria, aprobada por el Congreso de la Unión el 26 de abril de este año y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de mayo de 2018.Esta Ley general tiene como objetivo lograr la reducción, simplificación, homologación nacional de trámites y servicios ante las autoridades de los tres órdenes de gobierno. Sin embargo, ante la disyuntiva de generar una homologación en la regulación e invadir esferas de competencia de poderes y la “autonomía” de las entidades federativas, se propone la creación de diversas figuras jurídicas que integran un Sistema Nacional de Mejora Regulatoria: el Consejo Nacional de Mejora Regulatoria, los Sistemas de Mejora Regulatoria de las Entidades Federativas, la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (antes COFEMER,) los Sujetos Obligados, el Observatorio Nacional de Mejora Regulatoria. Además, el Sistema cuenta con las siguientes herramientas: el Catalogo Nacional de Regulaciones, Trámites y Servicios, la Agenda Regulatoria, los Programas de Mejora Regulatoria y Encuestas, Información y Evaluación de Mejora Regulatoria.

A simple vista una maraña de instancias que da lugar a dudas sobre la eficacia para lograr los resultados esperados. Sin embargo,se encaminanesfuerzospara generar gobiernos digitales, combatir la corrupción en las instancias bajas de las administraciones públicas: ahí donde los servidores públicos piden el moche para agilizar trámites, donde los inspectores y verificadores tejen redes de complicidad en su beneficio, donde los ayuntamientos, discrecionalmente,fijan requisitos para aperturas de negocios o licencias de usos de suelo. Para estos casos se establece desde un registro de trámites y servicios, hasta un listado de inspectores y verificadores, además de la figura de la Protesta Ciudadana.

No dejo pasar un tema que puede generar discusión. Es respecto al papel de los poderes legislativos, judiciales, así como los organismos con autonomía constitucional federales y locales. Por un lado, la Ley General de Mejora Regulatoria señala que se entenderá por regulación la normativa de carácter general como los códigos, la ley, los lineamientos y los reglamentos, entre otros instrumentos legales. En ese sentido, estas Institucionesenviarían a consulta, al Consejo Nacional o Estatal según sea el caso, las disposiciones normativas que emitan. Con lo cual se vulneraría su autonomía, o estaría supeditada a la determinación técnica de un ente ajeno. No obstante, la misma Legislación nos dice que para el caso de estos Sujetos Obligados, solamente tendrán la obligación de establecer una Unidad de Mejora Regulatoria para implementar el Catálogo de Regulaciones, Trámites y Servicios. Entonces ¿Hasta dónde les aplicará la Ley General en comento?

Este y otros serán los temas que deberándilucidarse conforme se implemente este Sistema Nacional, que además va para largo: un año para que los poderes legislativos de los estados adecuen sus normas y posteriormente instalar los Consejos Locales, 15 meses para instalar el Consejo Nacional de Mejora Regulatoria, el catálogo de Tramites entrará en funcionamiento en un plazo no mayor a tres años y a los municipios les aplicará la Ley hasta dentro de dos años. Todo esto a partir del pasado 18 de mayo. Es decir, los ayuntamientos que inicien su mandato a partir de este proceso electoralno podrán ser medidos y certificados bajo los parámetros de la mejora regulatoria. No conforme a la nueva legislación.

Por cierto, la maraña de este Sistema Nacional de Mejora Regulatoria se parece a la del Sistema Nacional Anticorrupción, del que pocas noticias se tienen (sobre todo en tiempos de la estafa maestra, de naves industriales y candidatos que viven sin ingreso alguno).

 

Franco Coronado

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