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Ratifican a Felipe Aurelio Torres como Juez de Primera Instancia

Plano Informativo | 15/05/2018 | 20:05

 

San Luis Potosí, SLP.- El Pleno del Consejo de la Judicatura ratificó como de Juez de Primera Instancia al Lic. Felipe Aurelio Torres Zúñiga, tras ser aprobado y validado el dictamen emitido por el Comité encargado del procedimiento de ratificación, el cual declaró procedente la misma al considerar satisfactorio su desempeño en el cargo durante los últimos cinco años.

El Magistrado Juan Paulo Almazán Cue, Presidente del Supremo Tribunal de Justicia y del Consejo de la Judicatura le expresó al Juez Torres Zúñiga que ésta ratificación que logra por méritos propios es un reconocimiento a su honestidad, capacidad, trabajo y eficiencia y agregó que “para los Poderes Judiciales, no hay nada más valioso, antes que el conocimiento, que la parte ética en el ejercicio de la función”.

“El papel que hoy día desempeña como Juez penal no se limita a la aplicación de la norma, también debe tener en cuenta que nuestras resoluciones inciden en un estado de derecho”, dijo el Magistrado Presidente durante la ceremonia de ratificación celebrada durante la sesión de Pleno del Consejo de la Judicatura integrado además por los Consejeros Juan Carlos Barrón Lechuga, José Refugio Jiménez Medina y Carlos Alejandro Ponce Rodríguez.

Agregó: “Como parte de una nueva generación de jueces, debe buscar que la justicia en San Luis Potosí se vea desde esa óptica y que se vuelva a confiar en los jueces”.

Ante el Pleno del Consejo de la Judicatura, el Juez Felipe Aurelio Torres Zúñiga, reiteró su compromiso de guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la del Estado de San Luis Potosí y las leyes que de ellas emanen y continuar desempeñando con honestidad, lealtad e imparcialidad el cargo de Juez de Primera Instancia.

En términos de lo previsto en el artículo 102 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí y en relación con los diversos 86 y 157 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, los jueces durarán 5 cinco años en el ejercicio de su cargo, al término de los cuales, si fueren ratificados, sólo podrán ser privados de sus cargos por las causas que señala la ley; asimismo, corresponde al Consejo de la Judicatura ratificar a los jueces, para este último efecto, se tomará en cuenta el desempeño que haya tenido el Juez en el ejercicio de su función; los resultados de las visitas de inspección; el grado académico que comprende el nivel de estudios con que cuenta el servidor público, así como los cursos de actualización y especialización acreditados de manera fehaciente y no haber sido sancionado por falta grave con motivo de una queja de carácter administrativa.