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INE determina que ofertas en Facebook por triunfo de AMLO son legales

Agencias | 12/05/2018 | 08:51

Las publicaciones en Facebook en donde se ofrecen beneficios en caso de que resulte ganador el candidato a la Presidencia de la República, Andrés Manuel López Obrador son legales, determinó la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE).

En la sesión de este jueves, los comisionados integrantes determinaron improcedente la medida cautelar solicitada por el Partido Acción Nacional (PAN) en contra de la Coalición “Juntos Haremos Historia”, su candidato presidencial, Andrés Manuel López Obrador, y diversos establecimientos mercantiles, derivado de la difusión en internet de presunta propaganda que, a juicio del quejoso, "genera presión en el electorado".

Por lo que el material y posteos en el que se ofrece comida, bebidas y servicios de manera gratuita en caso de que gane el tabasqueño podrá continuar en la plataforma, al considerarse que debe ser voluntad de los usuarios acceder a ellos.

"Bajo la apariencia del buen derecho y de un análisis preliminar, que la estrategia propagandística de los negocios denunciados, en la que se difunde promociones “si gana AMLO”, por sí misma no actualiza la urgencia o peligro en la demora que justifique ordenar, en sede cautelar, la suspensión de las publicaciones denunciadas y alojadas en Facebook, además –se precisó- para acceder al contenido del material señalado, se requiere de la voluntad del usuario a esa red social, aunado a la falta de evidencia sobre un supuesto pago o contratación para su publicitación", se dio lectura.

En sesión extraordinaria urgente, por unanimidad de votos de las consejeras Adriana Favela y Claudia Zavala, así como del consejero Benito Nacif, también determinó –por unanimidad de votos- la improcedencia de la medida cautelar solicitada por MORENA en contra de la Coalición “Por Tabasco al Frente”, así como de su candidato a Gobernador, Gerardo Gaudiano Rovirosa.

Lo anterior, derivado de la difusión del promocional televisivo “GERARDO GAUDIANO TABASCO”, en el que aparentemente aparecen varios menores de edad, lo que pudiera vulnerar el interés superior de la niñez, debido a que el spot dejó de transmitirse el 2 de mayo pasado, por lo que se trata de actos consumados, aunado a que no se cuenta con elementos que permitan suponer la reprogramación y retransmisión.

Finalmente, se declaró también la improcedencia de la medida cautelar formulada por el Partido Nueva Alianza en contra de la Coalición “Por México al Frente”, su candidato presidencial, Ricardo Anaya Cortés, y quien resulte responsable, derivado de la presunta adquisición de tiempos en radio para la difusión de encuestas en el programa "Ciro Gómez Leyva por la Mañana", sin que –a juicio del quejoso- medie copia del estudio completo que las respalde.