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CEDH emite recomendación a la SEGE

Jorge Torres | Plano Informativo | 19/01/2018 | 12:49

San Luis Potosí, SLP.- La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) emitió la recomendación 01/2018 dirigida al titular de la Secretaría de Educación de Gobierno del Estado (SEGE), Joel Ramírez Díaz sobre el caso de vulneración de los derechos humanos, a la integridad personal, el interés superior de la niñez, y sano desarrollo en agravio de un alumno de un jardín de niños de la delegación de Villa de Pozos, por posible maltrato o abuso sexual cometido por un profesor interino.
 
De acuerdo a los antecedentes el ocho de diciembre de 2016, el organismo estatal recibió la queja de la madre de un menor de edad, estudiante del Jardín de Niños 1, quien señaló que el cinco de diciembre de 2016, cuando su hijo llegó de la escuela observó que su ropa interior tenía excremento, por lo que cuestionó al niño debido a que no era la primera ocasión que se presentaba esta situación, el menor le comentó que el profesor interino "le picaba con el dedo en medio de sus pompis", incluso el niño hizo el ademán con su mano, pero no explicó si lo hacía por encima o por debajo de la ropa.
 
Ante esto la madre se entrevistó con la directora del Jardín de Niños 1, quien le informó que tendría que platicar con el profesor en cuestión y comentar la situación con la Inspectora de la Zona Escolar. Es el caso que el siete de diciembre de 2016, la madre acudió al jardín de niños y se entrevistó con el profesor, pero éste comentó no haber agredido a ninguno de los alumnos a su cargo, que lo único que hacía era contarlos poniendo su mano sobre la cabeza de ellos.
 
 Derivado de estos hechos, la madre acudió a la Subprocuraduría Especializada en la Atención de Delitos Sexuales, Contra la Familia y Derechos Humanos, en donde se inició la Carpeta de Investigación, de la cual se desprende el dictamen psicológico practicado al menor, en el que se determinó que presenta algunos indicadores de afectación de estado emocional, que pueden ser provocados por el maltrato o abuso sexual del que se comenta fue víctima, considerándose tal afectación como de leve a moderada.
 
Para la investigación de la queja, la CEDH radicó el expediente 1VQU-778/2016, dentro del cual se recopilaron datos y documentos relacionados con los hechos, se solicitó información a la autoridad señalada como responsable, se entrevistó a la madre de la víctima y autoridades; al hacer el análisis al conjunto de evidencias que se integraron al expediente, se contaron con elementos suficientes para acreditar que se vulneraron los derechos humanos a la integridad y seguridad personal, al interés superior de la niñez y al sano desarrollo en agravio del menor de edad, por acciones y omisiones atribuibles a profesor de primer grado y Directora del Jardín de Niños, pues no llevaron a cabo ninguna acción para dar protección a la integridad de la víctima y de los demás alumnos del mencionado jardín de niños, además la directora no realizó acciones para prevenir o corregir el caso denunciado, pues a pesar de que se evidenció que se le dio a conocer a tiempo la problemática de violencia dentro del plantel educativo a su cargo.
 
Ante esto se emitieron cinco puntos recomendatorios dirigidos a la SEGE, que colabore ampliamente en la investigación que inicie el Órgano de Control Interno sobre el presente caso, en razón de que no se inició investigación por las omisiones atribuidas a la directora del Jardín de Niños, servidor público de esa Secretaría de Educación, debiéndose aportar la información que al respecto le sea solicitada y tenga a su alcance.
 
Que se colabore ampliamente con el agente del Ministerio Público responsable de la integración y substanciación de la Carpeta de Investigación iniciada con motivo de los hechos denunciados, facilitándole todos aquellos datos que requiera para la mejor integración de la misma hasta su total determinación.
 
Como Garantía de No Repetición instruya a quien corresponda a efecto de que, en tratándose de personal docente que cubra interinatos en el Nivel de Educación Preescolar, se revisen debidamente los perfiles de las y los profesionistas aspirantes a ocupar las vacantes, privilegiando en todo momento el Principio de Interés Superior de la Niñez.
 
Finalmente que se giren instrucciones a efecto de que se impartan cursos de capacitación dirigidos al personal directivo del Nivel de Educación Preescolar, referentes a los temas: derechos de los niños a una vida libre de violencia, prevención del abuso sexual infantil, derecho al trato digno, así como a la seguridad escolar, además se privilegie la enseñanza sobre la aplicación de protocolos de actuación inmediata en tratándose de denuncias en contra de personal docente, sobre posibles violaciones a derechos humanos.