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SCJN rechaza atraer caso de los Porkys

Notimex | 17/01/2018 | 20:33

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió no ejercer su facultad de atracción para conocer el amparo en revisión que solicitó Diego Cruz Alonso contra el auto de formal prisión que se le dictó por su probable responsabilidad en la comisión del delito de pederastia.
 
Durante la sesión de este miércoles, la Primera Sala del Alto Tribunal resolvió por mayoría devolver el amparo al Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del estado de Veracruz para que determine lo que corresponda.
 
El expediente fue turnado a la ministra Norma Piña Hernández, quien presentó un proyecto de resolución en el que planteó que la Corte no debía ejercer su facultad de atracción del amparo en revisión 401/2017.
 
En el caso, la noche del 2 de enero de 2015, cuatro amigos de familias adineradas de Veracruz, entre ellos, Diego Cruz, obligaron a una menor a subir a un auto donde presuntamente el acusado abusó de ella.
 
El 8 de febrero de 2017, Diego Cruz Alonso solicitó el amparo contra el auto de formal prisión del 23 de enero de 2017, emitido en la causa penal número 83/2016 del Juzgado Tercero de Primera Instancia en Materia Penal, en Veracruz, por la probable comisión del delito de pederastia.
 
El 22 de marzo de 2017, el Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Veracruz resolvió conceder el amparo al quejoso, por considerar que no se encuentran acreditados los elementos del delito de pederastia ni su probable responsabilidad.
 
Lo anterior, a fin de restituir al quejoso en el goce y disfrute del derecho humano violado.
 
El amparo otorgado es para el efecto de que la autoridad responsable, el juez tercero de Primera Instancia con residencia en Veracruz, deje insubsistente el auto de formal prisión dictado el 23 de enero del año pasado.