Plano Informativo | 23/11/2017 | 01:17
San Luis Potosí, SLP.- La Comisión Estatal de Derechos Humanos considera que podría ser necesario llegar hasta la acción de inconstitucionalidad para frenar la modificación autorizada por el Cabildo capitalino al Bando de Policía y Buen Gobierno, y que según el ombudsman Jorge Andrés López Espinosa, es atentatorio contra los derechos humanos de los potosinos.
Y es que recientemente los regidores del gobierno de la ciudad aprobaron una actualización del catálogo de delitos contenido en el Bando de Policía y Buen Gobierno, pero con una redacción tan ambigua y difusa que "abre la puerta para toda clase de arbitrariedades de la primera autoridad respondiente, que en este caso es la policía".
Entrevistados por el activista Lupillo González en el programa radiofónico Libertad de Opinión, en Radio Plano Informativo, el ombudsman Jorge Andrés López Espinosa y el primer visitador de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH), Alejandro García, destacaron que muchos de los delitos considerados faltas que se agregaron a este Bando, son violatorios de los derechos humanos de la población.
Entre más claridad y más precisión tenga el Bando de Policía y Buen Gobierno, es mejor para todos los ciudadanos, dijo López Espinosa, y agregó que además es necesario dejar muy acotado el tema de las interpretaciones, porque esto es lo que abre la puerta a las arbitrariedades.
Explicó que el ombudsman que ya tuvo un acercamiento con el secretario general del Ayuntamiento, Marco Antonio Aranda Martínez, a quien ya se le hizo la observación sobre estas modificaciones, por lo que en breve tendrán una reunión formal para entregar por escrito los considerandos sobre el nuevo reglamento, y que en caso de que estas observaciones no sean atendidas se recurrirá a la herramienta que la misma ley establece que es la acción de inconstitucionalidad, para que sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación quien declare la inconstitucionalidad de los numerales que son atentatorios contra los derechos humanos.
El presidente de la CEDH dijo que de mantenerse algunas de las modificaciones que se han hecho, lo más conveniente será que se determinen defensores que estén disponibles en la barandilla municipal para que los acusados de alguna falta tengan una defensa adecuada, y que hay artículos que tienen tintes y sesgos discriminatorios, como el resurgimiento de los anticuados conceptos de malvivencia y vagancia.
"En las actas de audiencia de infracción, en la barandilla, se le concede el uso de la voz al infractor y él puede manifestar lo que le convenga, pero en ocasiones esta posibilidad totalmente es un formalismo y para nosotros nos parece primordial que se respete y se observe el contenido del artículo 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos que habla de las garantías judiciales, y es que toda persona que está sujeta a un procedimiento, aunque sea de justicia cívica, necesariamente debe contar con un defensor, con alguien que pueda abogar por él y no solo se quede, de manera unilateral, con la acusación que hace el policía y que el juez calificador no tiene más elementos que lo que le señala la policía", dijo López Espinosa.