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Pide CIDH a Venezuela adoptar medidas cautelares para Freddy Guevara

Notimex | 17/11/2017 | 14:54

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) manifestó hoy su preocupación por la imputación de la Fiscalía General de Venezuela y por el Tribuna Supremo de Justicia contra el Vicepresidente de la Asamblea Nacional, Freddy Guevara Cortéz.

“La CIDH reitera al Estado de Venezuela la solicitud de adoptar las medidas necesarias para garantizar la vida y los derechos políticos del diputado Freddy Guevara Cortéz, tal como lo solicitó en enero de 2017 al otorgar medidas cautelares para él y otros miembros de su partido”, señaló

Guevara Cortéz y otros miembros del partido opositor Voluntad Popular son beneficiarios de medidas cautelares vigentes, otorgadas por la CIDH en enero de 2017, al considerar la situación de riesgo en la cual se encuentran por amenazas, hostigamientos, detenciones arbitrarias, entre otros actos de violencia como consecuencia de su posición política, recordó.

El 3 de octubre el Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela (TSJ) decidió que existen suficientes elementos de convicción para determinar la responsabilidad del diputado Freddy Guevara de “haber incurrido de manera permanente en los delitos de asociación, instigación pública continuada y uso de adolescente para delinquir”.

La ANC suspendió la inmunidad parlamentaria del diputado Guevara, el 6 de noviembre de 2017, con lo cual el proceso en su contra prosigue, lamentó la CIDH.

La CIDH se?aló que desde 2013 ha recibido información sobre el uso de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo a fin de criminalizar a defensores y a defensoras y obstaculizar la protesta social.

Asimismo dijo haber recibido información de que debido a la ambigüedad de los términos definidos en esta ley y conceptos genéricos se habrían procesado a manifestantes y defensores de derechos humanos por delitos como “delincuencia organizada” o “actos terroristas”.

Al respecto, la CIDH reiteró que las normas penales que sancionan expresiones o manifestaciones protegidas por los derechos de libertad de expresión, reunión y asociación deben utilizar términos estrictos que acoten claramente las conductas punibles, dando pleno sentido al principio de legalidad penal.