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Dan a conocer trámites para validez de educación superior

Notimex | 13/11/2017 | 08:11

La Secretaría de Educación Pública dio a conocer el Acuerdo número 17/11/17 por el que se establecen los trámites y procedimientos relacionados con el reconocimiento de validez oficial de estudios del tipo superior.
 
En la edición matutina del Diario Oficial de la Federación (DOF) explica que el presente Acuerdo tiene por objeto establecer para el tipo superior, en todos sus niveles y modalidades
 
- Los requisitos y procedimientos relacionados con el reconocimiento de validez oficial de estudios.
 
- Emitir las directrices generales para la operación escolar, así como la inspección y vigilancia de las Instituciones Particulares que imparten dichos estudios, y
 
- Determinar los mecanismos de evaluación y acreditación mediante los cuales las Instituciones a que refiere la fracción que antecede, fortalecerán los servicios educativos que brindan
 
Aclara que quedan excluidos del presente Acuerdo, los planes y programas de estudio de educación normal y demás para la formación de maestros de educación básica.
 
Señala que el Acuerdo es de observancia obligatoria para las unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Secretaría de Educación Pública.
 
Además, la Secretaría de Educación Pública podrá formular a sus órganos desconcentrados creados por Ley emitida por el Congreso de la Unión que incorporen estudios del tipo superior, las recomendaciones pertinentes sin tener el carácter de vinculantes.
 
La Secretaría de Educación Pública, por conducto de la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación interpretará el presente Acuerdo, y asesorará y resolverá las consultas que en la materia se le formulen.
 
También la Secretaría, con pleno respeto al federalismo educativo y a la autonomía universitaria promoverá, a través de los conductos pertinentes, que las Autoridades Educativas Locales y las instituciones educativas públicas facultadas para otorgar, negar o retirar el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE), adopten las disposiciones del presente Acuerdo en su respectiva normativa.
 
Para tales efectos, la Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación de la Secretaría de Educación Pública propiciará la celebración de los instrumentos jurídicos correspondientes que serán suscritos por el Titular de la Subsecretaría.
 
El documento publicado establece que en el marco de lo previsto en la Ley y en la Ley para la Coordinación de la Educación Superior, los Particulares podrán solicitar a la Autoridad Educativa Federal el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios de los siguientes estudios:
 
- Técnico Superior Universitario o Profesional Asociado: es la opción educativa posterior al bachillerato y previo a la licenciatura, orientada a la formación práctica y específica de un campo profesional, que conduce a la obtención del título profesional correspondiente. Este nivel puede ser acreditado como parte del Plan de estudio de una licenciatura.
 
- Licenciatura: es la opción educativa posterior al bachillerato o del Técnico Superior Universitario o Profesional Asociado, orientada a un campo de formación específico, que conduce a la obtención del título profesional correspondiente, y
 
- Posgrado: es la opción educativa posterior a la licenciatura orientada a la formación especializada sobre un campo de formación determinado, y que comprende los siguientes niveles:
 
a) Especialidad, que conduce a la obtención de un diploma.
 
b) Maestría, que conduce a la obtención del grado correspondiente.
 
c) Doctorado, que conduce a la obtención del grado respectivo.
 
El presente Acuerdo entrará en vigor a los 60 días hábiles siguientes de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.