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Autoridades emiten norma para regular residuos en productos agrícolas

NOTIMEX | 08/10/2017 | 12:32



Las secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) y de Salud (SS) emitieron la Norma Oficial Mexicana que regula los Límites Máximos de Residuos que pueden contener los alimentos producidos en México, a fin de proteger a los consumidores.

La NOM-082-SAG-FITO/SSA1-2017. “Límites Máximos de Residuos (LMR). Lineamientos técnicos y procedimiento de autorización y revisión”, tiene la finalidad de ofrecer a los consumidores mayores garantías de la inocuidad de los alimentos de origen vegetal que llegan a su mesa.

Publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se basa en criterios científicos internacionales establecidos por organismos como la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Además, establece los lineamientos técnicos y procedimientos para la autorización de Límites Máximos de Residuos de plaguicidas químicos de uso agrícola con fines de registro y uso.

Los plaguicidas son objeto de vigilancia por parte de diversas dependencias del gobierno mexicano, con el propósito de garantizar a los productores su calidad y efectividad para proteger a las plantas de plagas y enfermedades, pero también para asegurar la salud de las personas.

En tanto, los LMR son niveles establecidos internacionalmente, con base en información científica que sustenta su determinación para proteger la salud de los consumidores y facilitar el intercambio comercial a nivel mundial.

En la realización de este documento, firmado por el director general de Normalización Agroalimentaria de la Sagarpa, Juan José Linares Martínez, trabajaron en conjunto, el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica) y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) de la Secretaría de Salud.

También colaboraron la Asociación Mexicana de la Industria Fitosanitaria; la Unión Mexicana de Fabricantes y Formuladores de Agroquímicos; la Asociación de Productores y Empacadores Exportadores de Aguacate de México y la Asociación Mexicana de Productores, Formuladores y Distribuidores de Insumos Orgánicos, Biológicos y Ecológicos.

La norma, de observancia obligatoria en todo el país, entrará en vigor a los 365 días después de su publicación en el DOF y aplica a las personas físicas o morales que soliciten el registro de plaguicidas químicos de uso agrícola con fines de uso en México y que, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, requieran un LMR, precisó la dependencia en un comunicado.