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15:37 Corte avala constitucionalidad de ley antitabaco

El Universal | 15/03/2011 |

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró este martes la constitucionalidad de la ley antitabaco del Distrito Federal.

Por unanimidad de votos, los ministros negaron seis amparos interpuestos por restaurantes y hoteles en contra de la prohibición de fumar en espacios cerrados y otras disposiciones contenidas en la ley.

La revisión de los amparos inició en la sesión del lunes, en la que los ministros fijaron los criterios centrales para responder a los argumentos de los demandantes, que alegaron, entre otras, violaciones al principio de no discriminación, libertad de trabajo e imposición de penas inusitadas.

El pleno coincidió en que el tabaquismo es un problema de salud pública y que el Estado mexicano está facultado para tomar medidas que protejan la salud de los no fumadores pero también de quienes fuman.

Reiteraron, asimismo, el criterio establecido en 2009, en el sentido de que la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) tiene competencia para legislar en la materia.

Por ello, validaron la constitucionalidad de las disposiciones previstas en la ley que garantizan espacios 100% libres de humo en establecimientos mercantiles y obligan a los propietarios a fijar letreros con la prohibición de fumar, así como requerir a los clientes que se nieguen a hacerlo a abandonar el lugar, solicitando, de ser necesario, el auxilio de la fuerza pública.

En la sesión de este martes, los ministros negaron también el amparo interpuesto por la empresa Costo en contra de la prohibición fijada en la Ley General para el Control del Tabaco de colocar los cigarrillos al alcance del consumidor.

Los ministros rechazaron que dicha disposición atente contra el libre comercio o constituya un acto de discriminación, ya que no establece categorías distintas entre las personas, sino entre productos.